viernes. 26.04.2024

Núñez Feijóo aún no lo sabe, pero la marcha atrás para su cese como Presidente del Partido Popular ha empezado a correr. La primera vez en que podía demostrar su capacidad de liderazgo en el seno del partido se ha saldado con una notable derrota en donde ha salido ganadora Díaz Ayuso. Y en política hay oportunidades que no se repiten. No volverá a tener una ocasión igual en donde pueda demostrar que es él quien manda realmente en el Partido Popular.

A muchas personas no les ha extrañado el final de la negociación PSOE/PP para renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Pero en la opinión pública todavía hay confusión sobre los motivos reales que han llevado al fracaso de la negociación. ¿Qué hay detrás de esa fortísima presión de las dos derechas, judicial y política, para no renovar el CGPJ?

El CGPJ es, como es sabido, el órgano de gobierno del Poder Judicial. No forma parte del Poder Judicial pero lo gobierna. ¿Qué quiere decir gobernar el poder judicial? Fundamentalmente, atribuir todas las vacantes que se produzcan en todos los niveles de la judicatura, desde los Juzgados de Instrucción hasta el Tribunal Supremo. Es posible que nombrar el Juez de Instrucción de San Clemente o a un Magistrado de la Audiencia Provincial de Palencia sea un acto jurídico reglado, pero nombrar a una persona para ocupar una plaza de Magistrado del Tribunal Supremo o de la Audiencia Nacional es algo más que un acto reglado, es un ejercicio de poder donde concurren las asociaciones judiciales con sus respectivos candidatos. Y la asociación judicial que más plazas coloca, más prestigio alcanza. Por eso es muy importante que las asociaciones judiciales controlen el CGPJ.

Esas son las razones por las que la derecha judicial ha decidido que el CGPJ no se renueve: prefieren un Consejo muerto que un Consejo progresista

Añadamos que el CGPJ es el órgano que va a cubrir las plazas del orden penal que quedan vacantes. No es una potestad inocua. En el artículo de la semana pasada recordaba que mientras que la actual Magistrada del Tribunal Constitucional Concepción Espejel fue Presidenta de la Audiencia Provincial de Guadalajara varios altos cargos y funcionarios de la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha estuvieron imputados por causa de un incendio forestal, causa penal donde el Partido Popular fue especialmente activo. Y viceversa, desde el CGPJ se puede decidir sobre la composición de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Para un partido que esté en el filo de la navaja de las acusaciones por corrupción, tener influencia en el CGPJ es relevante y útil.

Añadamos más motivos. La derecha judicial no ha superado aún, como aquí he comentado en ocasiones, la “enmienda Bandrés” que impidió en 1985 que los Vocales del origen judicial del CGPJ fueran elegidos por los propios Jueces y Magistrados. No lo han superado por varias razones: porque la APM perdió parte del control del Consejo, porque es más difícil influir en los nombramientos judiciales importantes y porque han hecho una cuestión de honor que el Poder Judicial sólo lo controlen los Jueces y Magistrados (ni siquiera otros funcionarios o profesionales que participan en la gestión judicial como los fiscales, los letrados de la Administración de Justicia, los abogados o los procuradores). Los defensores de esta fórmula en que los Jueces y Magistrados controlan todo el CGPJ con exclusión del Parlamento no perciben el daño que hacen a la imagen del Poder Judicial: un poder autónomo, estanco, ajeno a la democracia y más parecido a un comité de empresa que a un órgano constitucional del Estado.

Esas son las razones por las que la derecha judicial ha decidido que el CGPJ no se renueve: prefieren un Consejo muerto que un Consejo progresista. Su cálculo táctico es que el año próximo gane las elecciones el Partido Popular y aún sin cambiar de inmediato el modo de selección de los Vocales de extracción judicial volverán a elegir un CGPJ conservador y, lo más importante, un Presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo conservador como ha sido Carlos Lesmes. Nada de eso tendrían si el Consejo se renovara ahora, como parecía que iba a ocurrir.

Hasta aquí la estrategia obstruccionista de la derecha judicial. ¿Por qué se ha prestado Núñez Feijóo? ¿Por qué el presidente del Partido Popular ha cedido ante las presiones de la extrema derecha de su partido (con Díaz Ayuso a la cabeza) que sólo entiende la política como la guerra a muerte con el Gobierno?

Dando la importancia que se merece a la información de El País que ha recordado que es frecuente que Núñez Feijóo participe en negociaciones y se salga de las mismas en el último momento, lo relevante es que ha demostrado que no tiene fuerza política ante la extrema derecha de su partido y también que carece de facultades personales de auténtico liderazgo. Comportamientos como este nos muestran a un político sin visión de Estado con tendencia a la marrullería antes que a participar en la política nacional. Y esa falta de cualidades como líder nacional explica que viva acogotado por Díaz Ayuso quien lo controla hasta que llegue el momento de desplazarle, como ya hizo con Pablo Casado. La consecuencia de esta falta de cualidades para ser el jefe de la oposición es que se trata de un político poco fiable, con el que será difícil llegar a acuerdos. Un político cuesta abajo que durará hasta que la extrema derecha del partido quiera deponerlo y entronizar a Díaz Ayuso.

Las hemerotecas son trasparentes: el 24 de octubre de 2022 un titular de El País: “Díaz Ayuso presiona a su partido contra el pacto” y al día siguiente, el 25 de octubre, otro titular de El Mundo afirmaba: “Feijoo desliga CGPJ y sedición”. Si conectamos ambos titulares la conclusión parece fácil: igual que en el ámbito de Junts su Secretario General, Jordi Turull, parece tener miedo a su Presidenta, Laura Borràs, a la que se está subordinando (Francesc-Marc Álvaro: “Turull y el juguete que se rompe”, La Vanguardia, 3 de octubre de 2022), Núñez Feijóo ha demostrado tener miedo a Díaz Ayuso, sin comprender que sólo con una decisión radicalmente opuesta a la Presidenta de la Comunidad de Madrid podía demostrar su poder. No lo ha hecho por miedo, por desidia o por ceguera y lo pagará.

El resultado de la defección de tan mediocre figura es que el CGPJ sigue empantanado y es de temer que tampoco acceda a proponer al Rey dos Magistrados del Tribunal Constitucional. Es una exigencia de calidad democrática del Estado buscar salidas a esta situación y es hora de reflexionar sobre algunas fórmulas para cortar la degradación del Poder Judicial (no del Consejo que ya está degradado y demediado). Y para pensar en iniciativas que saquen al CGPJ de la crisis lo primero que hay que hacer es identificar jurídicamente la situación. Estamos, me atrevo a decir, ante una crisis constitucional y para las crisis de este tipo la Constitución no tiene recetas ni procedimientos explícitos (como tampoco servía el artículo 155 para crisis territoriales). Aun así, se pueden inferir de la propia Constitución algunos principios generales que pueden ayudar a buscar una solución.

Empecemos por lo más obvio. Estamos ante una crisis constitucional y esa crisis nos lleva a lo que alguna doctrina denomina “estado de necesidad”, esto es, lo que debe “permitir a un hombre o a un órgano salir excepcionalmente de las reglas establecidas a fin de asegurar la salvaguardia de un bien precioso que el derecho tiene como fin precisamente proteger” (Geneviève Camus: L’état de nécessité en démocratie, París, 1965, pág. 14). Es cierto que en la Constitución española sólo están previstos los estados de alarma, excepción y sitio que son institutos que no nos sirven en esta crisis y también es cierto que ninguna Constitución ha resuelto un problema jurídico que está latiendo debajo del ordenamiento, como cumplir los deberes constitucionales. Porque el Congreso y el Senado tienen el deber constitucional de nombrar veinte Vocales del CGPJ, pero ninguna de las dos Cámaras lo hace y no se puede obligar a todos los Diputados y a todos los Senadores a acudir a un Pleno a votar la elección de los Vocales. ¿Cómo salir del enredo?

Esta vía para salir del boicot de las dos derechas podría ser rápida, mediante una proposición de ley de algunos Grupos Parlamentarios que, dada su brevedad, podría tramitarse por el procedimiento de lectura única

En primer lugar, constatar que el artículo 117 de la Constitución, que establece los principios generales sobre la Justicia, debe cumplirse, lo que ahora no es posible porque hay un CGPJ con poderes caducados. En segundo lugar, recordar que el artículo 9.1 de la misma Constitución establece que los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, lo que significa que el Congreso y el Senado y sus Mesas respectivas no pueden eludir el cumplimiento de un mandato constitucional.

Además, debemos recordar lo que establece el artículo 1.4 del Código Civil:

“Los principios generales del derecho se aplicarán en defecto de ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico”.

Como el ordenamiento no es un aglomerado de preceptos, sino que las normas y los preceptos de las normas forman un sistema coherente que aspira a una aplicación unitaria, hemos de llegar a la conclusión de que el Estado debe asegurar que se cumplan los artículos 9 y 117 de la Constitución y también que se cumplan los deberes constitucionales que la propia Constitución atribuye a los poderes públicos (en este caso, a las Cortes Generales). Y para ello ha de dictarse la legislación que sea necesaria, legislación que ha de inspirarse, a falta de preceptos constitucionales, en los principios generales del Derecho. Todo ello, sobre el principio de que la Constitución necesita aplicarse por parte de todos los órganos constitucionales, nos lleva a la siguiente fórmula:

Las derechas política y judicial prefieren una Justicia rota antes que una Justicia no dominada por ellas. La mayoría parlamentaria debe impedir esa presión que al final perjudica a todos los ciudadanos que necesitan acudir a una Administración de Justicia cada vez más lenta y más ineficiente

Derogar la prorrogatio del CGPJ y de los Magistrados del Tribunal Constitucional. La Constitución no contempla esta prorrogatio y no debe seguir vigente cuando se utiliza con el fin de inaplicar los mandatos constitucionales. En algún artículo de prensa se ha dicho que si se estableciera no podría aplicarse a los actuales Vocales del CGPJ porque es una medida retroactiva que perjudica los derechos de estos, pero ¿desde cuándo es un derecho subjetivo el permanecer en un órgano cuyo mandato ha caducado? Por encima de un supuesto (y no demostrado) derecho está el mandato constitucional que establece un término a estos órganos. ¿Qué se consigue derogando la prorrogatio del CGPJ? En primer lugar, que antes de paralizar el servicio de la Justicia los partidos lleguen a acordar su regular renovación. En segundo lugar, que se establezca una fórmula subsidiaria que cubra, al menos provisionalmente, ese vacío. Y esa fórmula podría ser una elección provisional del CGPJ por mayoría absoluta, a reserva de una posterior ratificación por mayoría de tres quintos como exige el artículo 122.3 de la Constitución. De esta manera no se desapodera a los tres quintos de la Cámaras, sino que se les obliga a una elección ulterior.

Esta vía para salir del boicot de las dos derechas podría ser rápida, mediante una proposición de ley de algunos Grupos Parlamentarios que, dada su brevedad, podría tramitarse por el procedimiento de lectura única. De paso, habría que aprovechar la ocasión para derogar el inocuo (en apariencia) artículo 10.1.i) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que establece que el Pleno del mismo verifica el cumplimiento de los requisitos exigidos para el nombramiento de Magistrados y que la derecha del Tribunal amenaza con aplicar para vetar los nombramientos que haga el Gobierno.

Obviamente, la derogación de la prorrogatio debe aplicase también, como hemos señalado, a los Magistrados del Tribunal Constitucional que han caducado su mandato. A fortiori cuando parece difícil que la mayoría conservadora del CGPJ apruebe la propuesta de dos Magistrados de ese Tribunal, por lo que el Gobierno deberá hacer uso de sus prerrogativas constitucionales y proponer al Rey el nombramiento de los Magistrados que le corresponden.

Las derechas política y judicial prefieren una Justicia rota antes que una Justicia no dominada por ellas. La mayoría parlamentaria debe impedir esa presión que al final perjudica a todos los ciudadanos que necesitan acudir a una Administración de Justicia cada vez más lenta y más ineficiente.

Por qué han prohibido a Núñez Feijóo renovar el CGPJ