sábado. 20.04.2024

El aborto, eufemísticamente denominado interrupción voluntaria del embarazo (IVE) está legalizado en España desde 1985, y entonces se hizo en tres supuestos (violación, malformaciones fetales y riesgo de salud para la madre), pronto esta última se convirtió en un mecanismo de liberalizar el aborto en las 12 primeras semanas aduciendo riesgo para la salud psíquica, una vía práctica pero bastante humillante, porque convertía a las mujeres que abortaban en personas con problemas de salud mental, y que además acabó utilizándose contra ellas en algunas situaciones de separaciones conflictivas.

En 2010 se aprueba una ley de plazos que permite la libre decisión de las mujeres en las primeras 14 semanas de gestación pero que impone un “plazo de reflexión” de 3 días, una limitación también con pocos efectos prácticos. El PP en 2015 incluyó la necesidad del consentimiento de los padres en el caso de jóvenes de 16 y 17 años, una reforma que, aunque afecta a pocas personas sí lo hace a quienes tienen una especial situación de vulnerabilidad. Paralelamente también el PP realizó un recurso ante el Tribunal Constitucional que todavía está pendiente de resolución. La nueva ley plantea volver a eliminar el consentimiento paterno entre 16 y 17 años y los días de reflexión dejando a la libre voluntad de las mujeres la decisión de abortar hasta la 14 semanas.

Hay una clara infantilización de las mujeres, pues no se las considera lo suficientemente capaces para decidir por sí mismas

La práctica del aborto en nuestro país ha presentado desde el inicio dos problemas importantes.

Primero. El cuestionamiento del derecho al aborto, que se produce por la complicidad de intereses entre la ultraderecha y la iglesia católica, y que primero ha pasado por la negación del derecho al aborto bajo la consigna de defensa de la vida y la consideración de persona con derechos jurídicos al óvulo fecundado y que se mantiene en tribunales y en las campañas denominadas provida. La segunda estrategia tiene que ver con dificultar todo lo posible las libres decisiones de las mujeres que pasan desde el intento de restringir al máximo los supuestos del aborto, exigir días de reflexión previa, consentimientos y/o informes, etc., y en la que entra el intento que hasta ahora parece fallido de la Junta de Castilla y León de hacer escuchar el latido fetal y las ecografías 4D. En el fondo se trata de una serie de actuaciones de acoso a las mujeres que se escenifican en las manifestaciones a las puertas de las clínicas en que se realizan abortos.

Tras ello hay una clara infantilización de las mujeres, pues no se las considera lo suficientemente capaces para decidir por sí mismas sobre sus cuerpos y sus vidas, y de nuevo, que tengan que aparecer terceras personas que las guíen o encaminen hacia lo que se consideraría “correcto”. Volviéndose así a esa idea arcaica de la mujer como ente sin derecho ni poder de decisión sobre sí misma. Para ello se utilizan todo tipo de intervenciones que pretenden presionar sobre personas que están en situaciones de especial vulnerabilidad.

Un hecho llamativo es precisamente que las mismas personas y/o entidades que rechazan el aborto son también las mismas que se oponen a la educación sexual y reproductiva, como el famoso “pin parental”, y por lo tanto las que boicotean activamente todas aquellas medidas que pueden ser útiles para prevenir embarazos indeseados, que son las más eficaces precisamente para prevenir los abortos.

Las mismas personas y/o entidades que rechazan el aborto son también las mismas que se oponen a la educación sexual y reproductiva

Segundo. La ausencia de la prestación en el sistema sanitario público. Desde la primera ley sobre el aborto y en las sucesivas ya se vio que no existía interés en garantizar la prestación en un centro público y que las administraciones sanitarias no pensaban articular un dispositivo público que garantizara este derecho. Inicialmente grupos de profesionales intentaron desarrollar la prestación desde el sistema sanitario público pero el punto de inflexión se produjo con el procesamiento en Pamplona de tres ginecólogos que habían realizado un aborto en el hospital público de la ciudad, y aunque finalmente fueron absueltos, pasaron cuatro años de calvario durante el proceso, con presiones continuas e intolerables contra ellos y su familias (por ejemplo pintadas tildándoles de asesinos en las puertas de sus domicilios y los colegios de sus hijos). 

El resultado es que ante la ausencia de una actitud proactiva de las administraciones sanitarias, los profesionales dejaron mayoritariamente de realizar abortos en el sistema público que acabó focalizándose casi en exclusiva en el sector privado, panorama que se ha mantenido a pesar de que la ley en vigor señala que las IVE se realizarán en los centros públicos, y solo, excepcionalmente, se derivarán a los centros privados. En 2021 tres CCAA no realizaron ningún aborto en el sistema público (Madrid, Murcia y Extremadura) y otras 8 lo hacían de manera testimonial (por debajo del 5%), algunas el 0,1% (Andalucía y Castilla la Mancha) o el 0,3% (Aragón). Cinco CCAA superan el 20% y solo 3 el 50% (Cantabria 67,4%, Baleares 61,8% y Cataluña 52,5%) en las que ha tenido un papel importante el aumento del aborto farmacológico que precisa mucha menor complejidad logística que el instrumental, y por supuesto el compromiso de la administración sanitaria autonómica.

Ante la falta de una actitud proactiva de las administraciones, los profesionales dejaron mayoritariamente de realizar abortos en el sistema público

Obviamente que se haga en centros privados dificulta la accesibilidad, puede conllevar ciertos peligros para la salud de las mujeres, ya que si hay complicaciones se debe realizar el traslado a un Hospital, por otro lado, supone problemas de accesibilidad puesto que las clínicas privadas dependen de la existencia de un mínimo volumen de negocio, y por otro lado suelen priorizar el aborto instrumental.

El número de abortos en España permanece bastante estable desde 2014 en torno a los 90.000 (90.189 en 2021) con una ligera bajada sobre 2007-2012 en que superaba los 110.000 (máximo 118.611 en 2011) y está mediatizado por la evolución de la población de mujeres en edad fértil, la situación económica y el número de mujeres migrantes, así como por el conocimiento y uso de métodos anticonceptivos.

Así las cosas, qué cuestiones hay que tener en cuenta para garantizar el derecho al aborto en nuestro país.

En primer lugar, debemos ser conscientes de que hay una potente corriente internacional contra el aborto protagonizada por la ultraderecha y los fanáticos religiosos, empeñados en negar a las mujeres el derecho a decidir sobre sus propios cuerpos y su autonomía como personas: el ideal de mujer dedicada a la casa y la crianza es una de las tendencias reaccionarias que está aumentando en estos momentos. Por eso, es de esperar que en España sigan produciéndose iniciativas no solo prohibicionistas sino sobre todo para fomentar todo tipo de dificultades y coacciones sobre las mujeres que desean abortar. En este sentido, el color político del gobierno va a ser decisivo, y la pertenencia a la UE no va ser una salvaguarda suficiente, porque ya hay países en la misma donde el aborto está prohibido (Malta) y otros en los que, aunque no está expresamente prohibido es prácticamente irrealizable, si bien hay iniciativas legislativas para incluirlo en la Carta de Derechos de la UE.

Sobre la objeción de conciencia (…) hay que considerar convocatorias de plazas que incluyan la obligatoriedad de realizar esta prestación

La segunda cuestión es cómo garantizarlo en la Sanidad Pública. Habría que comenzar por incluirlo en la cartera de servicios comunes del SNS, pues la actual Cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y procedimiento para su actualización RD 1030/2006 no lo incluye explícitamente, y la propuesta de modificación que realiza el Ministerio de Sanidad en el proyecto de Ley de equidad, universalidad y cohesión sanitarias ahora en trámite parlamentario tampoco lo hace. Si no está en la cartera de servicios comunes del SNS difícilmente se proveerá desde los centros públicos.

Otro aspecto es regular la objeción de conciencia de los profesionales, circunscribiéndola solo al momento del aborto y a los profesionales que lo realizan (se han dado casos de “objeción” a mover la camilla o a atender a mujeres con alguna complicación postaborto). Las listas personalizadas de objetores que prevé el proyecto de ley actualmente en debate pueden ser un avance, pero no va a garantizar que haya profesionales no objetores, por lo que probablemente hay que considerar convocatorias de plazas que incluyan la obligatoriedad de realizar esta prestación. Por otro lado, la puesta en funcionamiento de incentivos específicos para aquellos centros y servicios que asuman la realización de abortos puede ser un mecanismo eficaz.

Desde luego esta claro que la situación no es especialmente favorable y que debe de mejorarse sustancialmente, para ello se precisa el compromiso de las administraciones públicas, es decir, gobiernos sensibilizados con los derechos de las mujeres, la presión social, especialmente de las mujeres, pero no solo de ellas, y también la colaboración de los profesionales. Muchas tareas, pero todas a nuestro alcance. 

De nuevo el debate del aborto