miércoles. 24.04.2024

“La sentencia se aleja de la ciudadanía, por obsoletas, por caducas, por machistas, porque ya no queremos una Justicia así, no sola las feministas, toda la sociedad, porque no nos representa“ opina Altamira Gonzalo Valgañós, vicepresidenta de Mujeres Juristas Themis. Recuerda que las leyes solas no cambian la sociedad, son los jueces quienes las interpretan.

¿El foco de atención es válido?  Lo devastador del escenario provoca muchas dudas sobre la legislación actual. Una vez más: ¿en qué estado se encontraba la víctima? Resulta tan desagradable esta duda como la de ¿qué llevaba puesto? No existen evidencias de que hubieran utilizado la fuerza, así que la agresión sexual -traducido: mayor castigo para el “reo violador”- queda descartada. Nadie parece estar de acuerdo, ni siquiera sigue las pautas que marca el Tribunal Supremo. La víctima, al no compartir tampoco el punto de vista, recurrirá la sentencia.

La vicepresidenta de Themis cree que esta sentencia en concreto es una manifestación más de la desigualdad entre mujeres y hombres de la sociedad actual

Abuso, no agresión; ella estaba inconsciente, así que el uso de la violencia o la intimidación no fue necesario. Desgraciadamente, esto es lo que diferencia una pena de otra. La Audiencia de Barcelona impone pena de prisión de 10 a 12 años a los cinco hombres que violaron por turnos a una adolescente de 14 años.

El universo de la abogacía ha opinado al respecto: las Mujeres Juristas Themis están “en total desacuerdo con la calificación jurídica” del caso. La Audiencia provincial de Barcelona, califica los actos como constitutivos de abusos sexuales, “nosotras creemos que son violaciones, tantas violaciones como de penetraciones fue víctima esta mujer”.

Las Mujeres Juristas Themis creen que los jueces no han tenido en cuenta la gravedad del entorno y la manera en la que se producen los hechos. “Significa que trata benévolamente a los agresores y, como en otras sentencias, en las que se enjuician delitos sexuales, se pone el foco más sobre la víctima que sobre el agresor”.

“Haciendo turno, de noche y en un lugar deshabitado. La chica no podía ni salir corriendo, ni pedir auxilio, ni nada de nada”. La Audiencia se basa en que ella estaba embriagada y “aunque no dio consentimiento, tampoco podía ser violentada porque estaba inconsciente”. Y añade, además, que “parece que no estaba tan inconsciente, según amigas suyas que fueron testigos de parte de los hechos, la chica lloraba”.

Altamira Gonzalo Valgañós, vicepresidenta de Themis, explica en declaraciones a AmecoPress la diferencia entre un abuso y una agresión sexual. “La violación es una forma de agresión sexual, no de abuso”. Ninguna de estas tres terminologías conlleva consentimiento de las mujeres, que siempre son las víctimas. Por abuso se entendería un tocamiento indebido en el metro o por la calle, “son las acometidas sexuales menos graves”.

La abogada compara el caso con ‘La Manada’ de Pamplona: con la misma ley, “el Tribunal Supremo calificó como agresiones sexuales, no como abusos sexuales. Así que la excusa que da la Audiencia provincial de Barcelona, cuando dice que no se ha modificado el Código Penal, no nos sirve”. Poco parece importarle a la Audiencia de Barcelona lo que haga el Tribunal Supremo, que se supone dicta jurisprudencia con su sentencia.

“Depende de que se haga una interpretación con una perspectiva de género o con una perspectiva patriarcal, esa es la diferencia”, explica. Le parece mejor cambiar el Código Penal para que haya menos margen a estas arbitrariedades, pero no olvida que el Tribunal Supremo ya había sentado una base al respecto: “un matiz muy importante”. A la hora de valorar unos hechos y aplicar un derecho, no todo vale: para eso sirve la visión de género.

Themis, una de las asociaciones firmantes, defiende las concentraciones protesta que ayer lunes llenaron las calles, porque “afecta a toda la sociedad y estamos en desacuerdo muchísima, muchísima gente”. Altamira Gonzalo recuerda que la gente ya protestó una vez y lo seguirá haciendo. “El derecho no puede estar tan alejado de lo que es el sentido común, de lo que es la manera de pensar de la sociedad en un momento determinado”.

Las leyes son interpretadas por el Juzgado, “pero las utilizan como los chicles, igual lo usan para una cosa que para la contraria”, una especie de poder de decisión personal que le infieren a su trabajo y les permite interpretarlo, “la famosa independencia judicial”, añade.

La vicepresidenta de Themis cree que esta sentencia en concreto es una manifestación más de la desigualdad entre mujeres y hombres de la sociedad actual. En épocas de electoralismo, entre los debates que llegan y los que vendrán, cree que sería mejor hablar de políticas concretas que centrarse en este caso particular.

Foto: Archivo AmecoPress, cedida por Themis Mujeres Juristas

Artículo de la agencia AmecoPress

Mujeres Juristas Themis contra una sentencia "obsoleta, caduca, machista"