El ingreso de un paciente COVID-19 en un hospital concertado, privado, o en una mutua de accidentes de trabajo, durante más de 72 horas, con alta o fallecimiento, cuesta a la sanidad pública catalana 6.050 euros, sin estancia en la UCI, 1.050 euros más que la compensación establecida en abril del pasado 2020.
Estas tarifas han sido actualizadas por el Govern, según se establece en la Orden SLT/25/2021 de 26 de enero, del Departamento de Salud, en la que se indican determinadas tarifas para compensar a la sanidad privada por la actividad extraordinaria derivada de la atención prestada para la lucha contra la COVID-19, según publicó el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) el pasado viernes, día 29.
En 2020, el Departamento de la Presidencia aprobó el Decreto Ley 12/2020, de 10 de abril de 2020, en el que se establecían otras tarifas, la mayoría más baratas.
Así, la estancia mayor de 72 horas o con 'exitus' (fallecimiento) del enfermo se abonó el pasado año a 5.000 euros por enfermo, una tarifa que ahora ha aumentado a 6.050 euros.
Por el contrario, desciende el coste de estancias de menos o igual a las 72 horas, y pasa de 2.500 euros el pasado año a 1.600 euros este 2021.
También aumenta con la actualización el pago por estancias de más de 72 horas o fallecimiento en establecimientos sociosanitarios o de salud mental, que pasan de 2.601,4 euros a 5.150 euros este año por persona.
Si la estancia de los enfermos es menor a las 72 horas, la sanidad pública abonará a los centros privados y concertados 4.200 euros este año (3.902,1 euros en 2020) por persona.
La tarifa por alta hospitalaria con estancia en la UCI continúa vigente, según se indica en la Orden de Salud publicada la semana pasada, aunque no se menciona la cifra, que sí se hacía en el Decreto de Presidencia del pasado año, 43.400 euros por paciente.
Esta cifra creó polémica el pasado año, especialmente en las redes sociales y entre los políticos catalanes en la oposición, al considerar que era muy elevada.
Además, en el Decreto de abril del 2020 se establecía que el Servicio Catalán de la Salud debería encargar una auditoría externa de los gastos incurridos por las entidades que no forman parte del SISCAT, es decir, los privados, "al objeto de determinar la valoración económica final de esta actividad".
Por el momento, no se han hecho públicos los resultados de esta auditoría externa que, según su resultado, "el Servicio Catalán de la Salud podrá proceder, en su caso, a la regularización, en positivo o negativo, de los importes satisfechos a las entidades afectadas".
En la Orden de enero pasado también se establece una tarifa de cama reservada de atención hospitalaria y especializada de 418 euros al día y otra de 106,94 euros para cama reservada de atención sociosanitaria y/o salud mental.