viernes. 19.04.2024
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Durante muchos años las autoridades e instituciones políticas y económicas del país difundían certidumbres sobre la insostenibilidad del régimen de reparto de nuestra Seguridad Social. Pero recientemente, tras la euforia generada con la expulsión de Rajoy del Gobierno, el discurso ha cambiado y parece haber unanimidad en lo contrario. Y donde antes se describía la quiebra y los déficits ahora se habla incluso de superávit. Gracias a la nueva categoría de gastos impropios que publicita el ministro Escrivá surgen nuevas incógnitas. Para aclarar los importes y muy especialmente los conceptos y naturaleza de esos gastos impropios, es necesaria la auditoria pública de la Seguridad Social en los términos y exigencias que defiende la COESPE.


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Los déficits han sido creados artificialmente por los gobiernos

La Secretaria de Estado de la Seguridad Social explica que “una de las recomendaciones del Pacto de Toledo insiste en la necesidad de consolidar la separación de fuentes de financiación para la restitución del equilibrio financiero del sistema”. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) por su parte, “considera factible cerrar el déficit estructural existente en la Seguridad Social, mediante la asunción por parte del Estado de determinados gastos que ahora soportan las cotizaciones”. Los déficits tan traídos y llevados de la Seguridad Social son déficits deliberadamente fabricado por los gobiernos de todo signo, y el resultado, quiérase o no, es la adaptación del sistema del reparto de la Seguridad Social a las necesidades del capital financiero.

La defensa del sistema público de reparto tal como lo conocemos desde hace décadas obliga a rechazar las operaciones de maquillaje y laboratorio que se prepara a las cuentas de la Seguridad Social

El origen de estos déficits está en el incumplimiento de la ley

La causa de las complicaciones que arrastran las cuentas de la Seguridad Social se encuentra en dos tipos de incumplimientos legales, el saqueo a las cotizaciones y la creación de una falsa deuda. En primer lugar, mientras que la recaudación de cotizaciones era suficiente, sistemáticamente con ellas se financiaba las contributivas, las no contributivas y los regalos en reducción de cotizaciones a los empresarios. Se relajaba la obligación de financiar con aportaciones del Estado y la consecuencia en estos ejercicios era el saqueo de los superávits a costa de no constituir reservas. En segundo lugar, en los ejercicios en que las cotizaciones no eran suficientes se mantenía los saqueos y el déficit se cubría con préstamos. Adoptándose la regla del incumplimiento sistemático del artículo 109.2 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) que establece la obligación del Estado de hacer las aportaciones necesarias para cubrir las carencias de las cotizaciones en la financiación de las contributivas. El artículo 109.2 es el blindaje de protección establecido para el régimen de reparto, es la protección legal del sistema de reparto, que obliga al Estado, en concreto al Ministerio de Hacienda, a financiar las aportaciones necesarias con cargo al Presupuesto del Estado. Su incumplimiento es un verdadero fraude de ley, que con manipulaciones contables rebajan el déficit del Presupuesto del Estado y lo traslada como déficit a los Presupuestos de la Seguridad Social.


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¿Qué papel juegan los llamados gastos impropios del ministro Escrivá?

La consigna dada sobre la separación de fuentes de financiación de las prestaciones para conseguir el equilibrio financiero ha potenciado la búsqueda de gastos y prestaciones susceptibles de ser considerados gastos que indebidamente se financian con cotizaciones sociales. Pero al analizar los listados de gastos impropios, en torno a 23.000 millones de euros, aparecen conceptos que difícilmente pueden calificarse de impropios de la Seguridad Social, como la maternidad, algunos proponían sacar a la viudedad, o los gastos de gestión de las propias instituciones de la Seguridad Social. Este último caso es preocupante pues entre las recomendaciones del Pacto de Toledo se sugiere un cambio institucional de organización hacia un tipo de agencia, y nada se dice dónde pueden quedar conquistas que reconocen la participación de representantes de los trabajadores en la dirección de las instituciones actuales. Los avances realizados apuntan a que, liberando al régimen de reparto de la necesidad de financiar la lista de gastos impropios, que nadie parece cuestionar, estaríamos en una situación de superávit. De la misma manera que los déficits estaban creados artificialmente, los superávits que se fabrican, inflando los gastos impropios, crean falsos superávits.


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La necesidad de la auditoría para restablecer la transparencia

La CEOE en las últimas elecciones de 2019 propuso la rebaja de las cotizaciones mediante la «revisión del sistema de financiación del Sistema de Seguridad Social, determinando clara y nítidamente las prestaciones de carácter contributivo y su financiación mediante cotizaciones de trabajadores y empresarios, asumiendo el Estado los gastos de carácter no contributivos, lo que permitirá una rebaja del tipo de cotización a cargo del empresario». Una razón de más que destaca la importancia de una auditoria a las cuentas de la Seguridad Social que determine los importes del saqueo que durante años han sufrido las cotizaciones sociales, las compensaciones para reponer el daño causado, la anulación de la falsa deuda, el análisis de los gastos, y los cambios artificiales de la naturaleza, contributiva o no, de las prestaciones. La defensa del sistema público de reparto tal como lo conocemos desde hace décadas obliga a rechazar las operaciones de maquillaje y laboratorio que se prepara a las cuentas de la Seguridad Social. Los trabajadores tienen derecho a conocer la verdad de lo que ha ocurrido y ocurra con sus cotizaciones.


Juan Miguel Fernández | Profesor Honorífico de la Universidad Complutense de Madrid

Los gastos impropios de la Seguridad Social: la necesidad de una auditoría