jueves. 28.03.2024
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Lo que diré viene a cuento de las declaraciones de varios partidos y personas influyentes acerca de la inclusión en las listas electorales de EH Bildu de personas que en su día pertenecieron a ETA y fueron condenadas por delitos de sangre, es decir, por haber matado a otras personas, en este caso por razones políticas, y que han cumplido la pena de cárcel que se les impuso así como las añadidas de suspensión de determinados derechos políticos durante un tiempo establecido por las leyes.

Dado que el principal argumento utilizado para manifestar el desacuerdo con la antedicha inclusión en las listas ha sido el de que no se considera ética por herir u ofender a las víctimas, considero necesario aclarar qué se entiende y qué se debería entender por «ética».

En su origen la ética hacía referencia al modo de ser personal (ethos, en griego), a lo que hoy se entiende como carácter, es decir, a ser, de un modo habitual, veraz o mentirosa, dadivosa o avara, valiente o cobarde, etc. Ese significado se perdió, por desgracia, hace tiempo y ha pasado a ser el de reflexión sobre la moral. Su función consistiría en explicar e investigar todo lo referente a la moral, como, por ejemplo, su origen, su fundamento, su historia, la razón de su diversidad y de sus cambios, el tipo de juicios, etc., pero en absoluto consiste en prescribir normas que rijan las acciones, como pretenden quienes se han manifestado en contra de la citada inclusión en las listas de personas con un pasado criminal.

La moral es la raíz de la legalidad. Las leyes regulan, aunque no en su totalidad, los comportamientos de las personas según los valores morales de dicha sociedad

La moral, por su parte, sería el conjunto de valores que son considerados como buenos en una sociedad dada y en un determinado momento histórico. Pues bien, la moral es la raíz de la legalidad, o, dicho de otra forma, las leyes regulan, aunque no en su totalidad, los comportamientos de las personas según los valores morales de dicha sociedad.

Dicho lo dicho, parece claro que las leyes reflejarán el sentir/pensar moral mayoritario de la sociedad, y que solo el cambio de ese sentir/pensar mayoritario puede ser causa, en una sociedad mínimamente democrática, de un cambio en las leyes.

Pues bien, nuestras leyes, reflejo de nuestra moral, establecen que el cumplimiento total de la pena impuesta trae como consecuencia la recuperación de todos los derechos ciudadanos. Esto tiene, como ya he señalado, una base moral, consistente, en este caso, en que la finalidad del castigo es la reparación del daño causado y la rehabilitación de las personas condenadas. Al respecto, el artículo 25.2 de la Constitución Española establece que «las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad están orientadas hacia la reeducación y reinserción social...».

Esa constitución y las leyes posteriores han sido redactadas y aprobadas por los partidos que hoy conforman la mayoría del parlamento español, los mismos que, ahora, se llevan las manos de la hipocresía a la cabeza y utilizan la ética y la moral, no con la finalidad de mejorar el comportamiento social, sino con el de perjudicar al rival político.

El dolor producido por la muerte de alguien lo compensa la sociedad a través de las leyes y las penas que estas imponen. De ese modo se evita la venganza social

La derechización de la vida política, cultural, ideológica, en suma, está arrastrando a muchas personas hacia una visión de la moral y, en consecuencia, de la ley, regida por la ley del Talión, propia de las edades antigua y media y con desgraciada actualidad en países como Irán, Arabia Saudí o Pakistán. En el estado español, es la derecha de Vox y el PP, principalmente, y alguna izquierda sin criterio las que defienden una vuelta a la llamada justicia retributiva, pero, eso sí, aplicada solamente a quienes no pertenecen a su ámbito político, porque de lo que ellos han sido responsables carecen de valor para aceptarlo.

El dolor producido por la muerte de alguien lo compensa la sociedad a través de las leyes y las penas que estas imponen. De ese modo se evita la venganza social que entraña la aplicación de la ley del Talión, que surgió para evitar la venganza personal. Y el cumplimiento de las penas es lo que se exige como pago a quien ha cometido el delito. Ahí debe terminar la exigencia de las víctimas. El perdón personal no es exigible a estas, pero tampoco ellas deben exigir más allá de lo establecido por la ley.

Cabría una reflexión ética sobre si es conveniente o no la inclusión en las listas de personas que en su día quebrantaron la ley, pero eso significaría, en caso de aceptarse su no conveniencia, un cambio moral y legal que hasta ahora no ha sido planteado y que, además, no corresponde plantear en una campaña a elecciones que no sean generales.


Julen Goñi | Exprofesor de Filosofía 

De ética, moral y política