jueves. 28.03.2024
 

«La Naturaleza y sus leyes permanecían ocultas en la noche; Dios dijo: “Hágase Newton” y todo fue luz”. Este es el epitafio en la tumba de Isaac Newton.

El sábado por fin se hizo la luz en un turbio asunto que lleva enredando al PP directamente, y a los españoles indirectamente, durante todos estos días frenéticos, en los que varios personajes en busca de autor (autora) iban y venían en sospechas, acusaciones y denuncias.

Almeidas, Carromeros, Egeas, Feijóos, Casados y Ayusos se despellejaban en público movidos por el “maléfico genio” que dice que moldea, como un Dr. Frankestein, a la presidenta madrileña ante la agónica adaptación hermenéutica de medios y periodistas de la derecha. Lo que hasta el sábado no eran más que excusas de mal pagador (cobrador), se tornó en cuestión horas en una prístina actuación que convenciera al antiguo inquisidor hasta convertirlo en un piadoso arrepentido, y a la rea de todos los males en una ejemplar ciudadana, vilipendiada injusta y brutalmente por malvados felizmente arrepentidos.

Y por más que la versión beatífica quiera tapar cualquier injusto atropello a una familia “de bien”, toda legislación en materia contractual se empeña en decir lo contrario.

Ciertamente, la legislación de antigua tradición en España prevé en materia de contratos, que “cuando la administración tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, por situaciones que supongan un grave peligro, o necesidades que afecten a la defensa nacional…” o en definitiva, para situaciones de urgencia o emergencia, la ley prevé procedimientos más proactivos y menos dependientes de los responsables del control del gasto. Esto es así para evitar que la demora por la acción forense agrave más una situación complicada y que requiere una rápida respuesta.

Lo que esas dispensas legales ni la gravedad de la situación justifican en absoluto, es el atropello legislativo ni el beneficio injusto de los parientes de determinados grados de consanguineidad.

Y permítanme recordarles qué es lo que exige el perfil del contratante, que tan dejado de mano ha sido en estas adjudicaciones, en el caso de la información relativa a estos contratos, que debería publicarse al menos:

  • La memoria justificativa del contrato: el informe de la insuficiencia de medios en el caso de contratos de servicios, la justificación del procedimiento utilizado para la adjudicación….
  • El objeto detallado del contrato, el presupuesto base de licitación.
  • Los anuncios de información previa.
  • Los medios a través de los cuales se ha publicado el contrato.
  • El número e identidad de los licitadores, así como las actas de la mesa de contratación.
  • Las resoluciones del servicio u órgano de contratación correspondientes.
  • La comprobación de la mesa de contratación.

Todo esto es requerido, entre muchas otras cosas. Y permítanme una coda en relación a los contratos menores. En la legislación ad-hoc se mejora también la transparencia en un procedimiento tan opaco como el que caracteriza a este tipo de contratos. Se obliga a reportar la información de los contratos menores negociados al contratista con el fin de descubrir actuaciones irregulares.

Esto es lo que hay por mucho que lo disimulen tertulianos de pacotilla bien pagados, o mariachis , “la verdad es la verdad, la diga Agamenón o su porquero”.

Fuente: Sistema Digital

Érase un contrato