viernes. 29.03.2024
retiro

El estado de alarma decretado por el Gobierno prohíbe la apertura al público de los locales y establecimientos en los que se desarrollen espectáculos públicos, las instalaciones culturales y artísticas y las actividades deportivas y de ocio según recoge el borrador del decreto que aún debate el Consejo de Ministros.


Espectáculos públicos.

Esparcimiento y diversión.

— Café-espectáculo.
— Circos.
— Locales de exhibiciones.
— Salas de fiestas.
— Restaurante-espectáculo.
— Otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.

Culturales y artísticos.

— Auditorios.
— Cines.
— Plazas, recintos e instalaciones taurinas.

Otros recintos e instalaciones.

— Pabellones de Congresos.
— Salas de conciertos.
— Salas de conferencias.
— Salas de exposiciones.
— Salas multiuso.
— Teatros.

Deportivos.

Locales o recintos cerrados:

— Campos de fútbol, rugby, béisbol y asimilables.
— Campos de baloncesto, balonmano, balonvolea y asimilables.
— Campos de tiro al plato, de pichón y asimilables.
— Galerías de tiro.
— Pistas de tenis y asimilables.
— Pistas de patinaje, hockey sobre hielo, sobre patines y asimilables.
— Piscinas.
— Locales de boxeo, lucha, judo y asimilables.
— Circuitos permanentes de motocicletas, automóviles y asimilables.
— Velódromos.
— Hipódromos, canódromos y asimilables.
— Frontones, trinquetes, pistas de squash y asimilables.
— Polideportivos.
— Boleras y asimilables.
— Salones de billar y asimilables.
— Gimnasios.
— Pistas de atletismo.
— Estadios.

Espacios abiertos y vías públicas:

— Recorridos de carreras pedestres.
— Recorridos de pruebas ciclistas, motociclistas, automovilísticas y asimilables.
— Recorridos de motocross, trial y asimilables.
— Pruebas y exhibiciones náuticas.
— Pruebas y exhibiciones aeronáuticas.

Actividades recreativas:

De baile:

— Discotecas y salas de baile.
— Salas de juventud.

Deportivo-recreativas:

— Locales o recintos, sin espectadores, destinados a la práctica deportivo- recreativa
de uso público, en cualquiera de sus modalidades.

Juegos y apuestas:

— Casinos.
— Establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar.
— Salones de juego.
— Salones recreativos.
— Rifas y tómbolas.
— Otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de Juegos y
apuestas conforme a lo que establezca la normativa sectorial en materia de juego.
— Locales específicos de apuestas.

Culturales y de ocio:

— Parques de atracciones, ferias y asimilables.
— Parques acuáticos.
— Casetas de feria.
— Parques zoológicos:
— Parques recreativos infantiles.

Recintos abiertos y vías públicas:

— Verbenas, desfiles y fiestas populares o manifestaciones folclóricas.

De ocio y diversión:

Bares especiales:
— Bares de copas sin actuaciones musicales en directo.
— Bares de copas con actuaciones musicales en directo.

De hostelería y restauración:

— Tabernas y bodegas.
— Cafeterías, bares, café-bares y asimilables.
— Chocolaterías, heladerías, salones de té, croissanteries y asimilables.
— Restaurantes, autoservicios de restauración y asimilables.
— Bares-restaurante.
— Bares y restaurantes de hoteles.
— Salones de banquetes.
— Terrazas.

Listado de instalaciones cerradas en toda España