viernes. 29.03.2024
POR ORDEN DE UN JUZGADO DE A CORUÑA

La familia Franco solo podrá sacar del Pazo de Meirás unas alfombras

Un juez impide la retirada de los elementos disputados por la familia del dictador al considerar que son bienes inmuebles porque fueron colocados “con voluntad de permanencia”.

pazo de meiras

El juzgado de primera instancia número 1 de A Coruña ha impedido la retirada del Pazo de Meirás de los elementos disputados por la familia Franco al considerar que son bienes inmuebles.

De los 133 bienes cuyo traslado impide el juez, 54 son objeto de controversia entre el Estado y los Franco.

En el auto, conocido este viernes, el juez expone que todos los exteriores y la mayoría de los interiores tienen naturaleza de bienes inmuebles por su “destino o incorporación”.

LOS ELEMENTOS DEL JARDÍN

Explica el juez que los elementos del exterior, por ejemplo, los que están en el jardín, aunque son susceptibles de ser trasladados y “físicamente separables sin quebranto alguno”, son bienes inmuebles por destino, pues fueron colocados “con una voluntad de permanencia”.

Y añade que, “ya sean figuras o conjuntos pétreos (de santos y vírgenes, entre otras), se encuentran colocados en el jardín con el fin de conseguir un todo armónico y artístico.

El titular del Juzgado también alude a que muchos de estos elementos, objeto de controversia en la causa abierta por la familia del dictador, “por su especial robustez y elevado peso”, son difíciles de mover no solo para su traslado exterior sino también dentro del propio Pazo.

ELEMENTOS DEL INTERIOR

En cuanto a los elementos que se encuentran en el interior, el magistrado especifica cada uno de los objetos, la mayoría de carácter religioso, que por incorporación y por destino tienen naturaleza de bienes inmuebles. Así, hace referencia al siguiente inventario:

- la puerta de acceso desde el vestíbulo y el lavabo de pie con decoración floral
- la escultura de bulto de san José
- el altar/sarcófago
- el alto relieve de la Piedad
- la virgen entronizada con el niño
- las esculturas de bulto redondo en piedra
- la pila de agua bendita
- el confesionario de madera
- la virgen orante
- el cristo de bulto redondo
- los angelotes de bronce
- la lámpara sobre pilastra de la escalera
- los apliques de pared metálico
- el tapiz con escudo
- pareja de apliques electrificados…

TUIT DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA

UBICACIÓN

Sobre estos bienes, el juez considera clave a la hora de analizar cada uno de ellos “la ubicación, poniéndola en relación con la finalidad perseguida a la hora de realizar la colocación en un determinado lugar”, así como “la relación y visión homogénea que se pueda formar con otros elementos existentes”.

En el auto, indica que en el altar mayor de la capilla se encuentran “gran parte de los elementos discutidos”.

Así, afirma que, si bien “no hay controversia” en que se puedan trasladar las tallas “sin quedar afectados o deteriorados el pedestal o cada uno de los retablos donde se encuentran colocadas”, entiende que “no puede obviarse, dadas las características de las mismas, sus dimensiones, su posición y la interrelación que existe entre unas y otras, que responden a la idea de formar un conjunto iconográfico”.

Además, recalca que “guardan armonía con la arquitectura y tipología del retablo (de finales del siglo XVII, principios del XVIII) y de sus propias dimensiones, lo cual conduce a afirmar que colocadas con finalidad decorativa y, sobre todo, con una clara voluntad de permanencia, lo que hace que sean consideradas inmuebles por destino”.

El juez tan solo permite a la familia Franco la retirada de unas alfombras pasilleras porque “se colocaron con un fin puramente funcional”.

El juzgado estima así la cuestión incidental planteada por la Administración General del Estado, a la que se adhirieron Xunta, Diputación y los ayuntamientos de Sada y A Coruña, pero no entra a valorar sobre el resto de bienes muebles que el Gobierno quiere devolver a Patrimonio Nacional.

En total, el inventario de bienes de Meirás recoge 697 elementos.


Fue la escritora Emilia Pardo Bazán la que mandó construir Las Torres de Meirás o Pazo de Meirás en la provincia de A Coruña. Tras la Guerra Civil, Francisco Franco lo utilizó como residencia estival. En 2008 fue declarado Bien de Interés Cultural y el 10 de diciembre de 2020, dejó de ser propiedad de la familia Franco y pasó a ser Patrimonio Nacional. 

La familia Franco solo podrá sacar del Pazo de Meirás unas alfombras