viernes. 19.04.2024

Hacia un sindicalismo de los derechos

El siguiente texto es, con algún ligero cambio, la última parte y la más propositiva de un trabajo más amplio, publicado en el número de enero de 2017 en “Perspectiva”, revista teórica de les Comissions Obreres de Catalunya, bajo el título «Trabajo, ciudadanía y sindicato». Trabajo completo.

... Reunificar toda esa fuerza de trabajo sujeta a titularidades, salarios y condiciones de trabajo tan diferentes que convocan de inmediato el agravio comparativo, es una tarea muy difícil. Solo sería posible llevarla a término a través de una concepción más ambiciosa de la negociación colectiva, desplazando el objeto principal de la misma de lo genérico, los derechos de las categorías profesionales, hacia el mundo de las personas concretas y sus circunstancias. Y en la medida en que la deseable protección y conservación del puesto de trabajo resulta imposible en muchas ocasiones, una negociación tendente a incluir, más allá del conflicto inmediato, unos derechos personales y sociales que acompañen de forma permanente a las personas en su trayectoria profesional, a lo largo de su vida laboral y en su doble condición de trabajadoras y ciudadanas.

Eso es precisamente lo que se propone en la cita del profesor Romagnoli que abre este trabajo (1). En el mismo artículo citado, publicado originalmente en Eguaglianza e libertà, el ilustre jurista va aun más lejos en su propuesta: «Nadie, sin embargo, conseguirá nunca convertir el empeoramiento generalizado de los estándares protectores relativos al ciudadano en tanto que trabajador, en un pretexto para anular el pasaporte que permitió acceder al status de la ciudadanía del que ha sido artífice y es hoy garante la constitución. Más probable es que se extienda la percepción – que de hecho aflora ya en las distintas y aún confusas propuestas de una renta mínima de ciudadanía – de la necesidad de reajustar el centro de gravedad de la figura del ciudadano-trabajador, trasladando el acento del segundo término al primero: o sea, desde el deudor de trabajo hacia el ciudadano en cuanto tal. En el lenguaje de los ingenieros-arquitectos que cuentan con cierta familiaridad con la cultura de la emergencia sísmica, se podría hablar de una relocalización del derecho del trabajo.»

Si en lugar de “derecho del trabajo” colocamos la voz “sindicalismo” en el final de la frase, tendremos una indicación acerca de cómo sería posible actuar en el presente inmediato. Se ha hablado de “refundar” y de “repensar” el sindicato. He aquí una idea nueva, “relocalizarlo” en torno al mismo binomio del ciudadano- trabajador, pero poniendo ahora el acento tónico en el primer factor, en lugar del segundo. ¿Por qué no? En esa dirección apunta la propuesta, avanzada conjuntamente por CCOO y UGT, de una “renta mínima” de inserción, o de ciudadanía, como un derecho que apuntalaría la excesivamente alargada pirámide del trabajo por cuenta ajena.

Sin olvidar nunca que esa renta proporciona tan solo el suelo sobre el que levantar todo un entramado de derechos en torno a la doble condición de trabajador y ciudadano. La propuesta tiene un acusado sabor trentiniano. Bruno Trentin, en su época de secretario general de la CGIL, promovió en el programa fundamental del XII Congreso la formación de un “sindicato de los derechos”. Derechos, obviamente, no tanto civiles y políticos como sociales: unos individuales (en el trabajo, la formación, la salud, un salario justo, en la maternidad y paternidad, en el conocimiento y la información en los centros de trabajo) y otros colectivos (a organizarse sindicalmente de manera voluntaria, la negociación colectiva, la participación en las decisiones de la empresa).  Para Trentin estos derechos, empezando por el derecho al trabajo y a la libertad del y en el trabajo tienen el mismo alcance que los derechos civiles y políticos en el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades a todos los ciudadanos.

El proyecto sindical de Trentin recorre un amplio proceso caracterizado por la “reunificación” y la “redefinición cualitativa” de la clase, desde una “cultura de la diferencia”. La clase, ya no aislada sino reunificada y empoderada por los derechos que le competen, está capacitada entonces para la responsabilidad de contribuir en la medida de su propia fuerza a la guía global de la sociedad, a partir  de unos valores democráticos comunes a todos, iguales para todos. Este proceso postula al sindicato de los derechos como un sujeto político (2).

Por eso afirmaba, con razón, el llorado sindicalista y pensador italiano Riccardo Terzi: « Trentin no ha pensado nunca en los “derechos” como en una superestructura jurídica, sino como en un proceso de transformación de la cualidad del trabajo. Los derechos se afirman a través de la acción sindical, y entonces se trata de elevar el nivel de nuestras plataformas, de plantear, en la acción contractual, los problemas de la formación, del acceso a las informaciones, de la organización del trabajo y de la participación en las decisiones. Esta es una tarea que en gran parte todavía está por hacer, y toda nuestra política reivindicativa habrá de ser totalmente repensada y puesta al día. El peligro, por tanto, es que la estrategia de los derechos solo se plantee en un terreno más estrictamente político, como denuncia del modelo neoliberal, y no consiga incidir en la práctica real del sindicato.» (3)

Notas

(1) La cita en cuestión es la siguiente: «Si el trabajo industrial llegó al apogeo de su emancipación en el momento en que las leyes fundamentales de las democracias contemporáneas hicieron de él la fuente de legitimación de la ciudadanía, la sociedad de los trabajos y los derechos de ciudadanía pertenece también a quien busca trabajo y, pese a tener tal vez un derecho a él constitucionalmente reconocido, no lo encuentra; a quien lo pierde tal vez injustamente, y a quien, más por necesidad que por elección, tiene muchos trabajos y todos distintos.» U. ROMAGNOLI, “El derecho del trabajo después del seísmo global”, Ver http://pasosalaizquierda.com/?p=1875

(2) «Un sindicato que aspire a ser sujeto político debe poder superar, y no solo de palabra, reunificándolos y no sumándolos, a los diversos sectores de su política reivindicativa. Reunificarlos en un proyecto, en una estrategia basada, no en la suma de los objetivos, sino en su redefinición cualitativa. Eso quiere decir pasar de la asistencia a la promoción, con la adopción de prioridades nuevas y rigurosas.» Bruno Trentin, “Dal welfare state alla welfare society”, intervención conclusiva de la conferencia nacional de la CGIL, Roma 1995. (Traducción mía).

(3) (“Conversa entre Riccardo Terzi i José Luis López Bulla sobre Bruno Trentin”, en Canvis i transformacions, Llibres del Ctesc nº 6, Barcelona 2005, p. 185).

Hacia un sindicalismo de los derechos