jueves. 28.03.2024

Empleo Público: un año de gobierno del PP, treinta años en pérdida de derechos

La llegada del PP al Gobierno en las elecciones del 20N de 2011, marca como primera obligación legislativa la prórroga de los presupuestos para 2012. A los pocos días de la toma de posesión, el Gobierno del PP ya deja claras sus intenciones para con el empleo público, tendencia que como veremos no sólo se confirmará en los sucesivos meses sino que crecerá de forma considerable.

La llegada del PP al Gobierno en las elecciones del 20N de 2011, marca como primera obligación legislativa la prórroga de los presupuestos para 2012. A los pocos días de la toma de posesión, el Gobierno del PP ya deja claras sus intenciones para con el empleo público, tendencia que como veremos no sólo se confirmará en los sucesivos meses sino que crecerá de forma considerable.

• Diciembre 2011- Se congela el salario del conjunto de los empleados públicos. La tasa de reposición se sitúa con carácter general en el 0%. El 10% sólo para determinados colectivos y sectores esenciales. Además, a la destrucción de empleo que conlleva la ausencia de oferta de empleo público se suma que por primera vez se amortizan todas las plazas que queden vacantes por jubilación. Más inusual en este tipo de ley es la inclusión de la subida a 37 horas y media de la jornada laboral del sector público estatal (que por una mala redacción no afectó a la Administración Autonómica y Local); medida encaminada sin duda a la destrucción de empleo de carácter laboral y con la que comienza de hecho no sólo los despidos sino la ausencia de contratación de personal (laboral temporal, etc.).

• Febrero 2012- RDL 3/2012, Reforma Laboral. Esta norma afecta en su totalidad a aquellos sectores públicos de gestión privada y a los Convenios Colectivos del personal laboral de las Administraciones Públicas. Son plenamente aplicables al empleo público el abaratamiento del despido, su descausalización, la limitación de la vigencia de los convenios (ultraactividad), el contrato para emprendedores, la ampliación de las causas de descuelgue, el fomento de la movilidad funcional y geográfica, etc. Sin embargo, lo peor está al final: por primera vez en la historia del empleo público una norma legal autoriza los despidos colectivos (ERES) del personal laboral de las Administraciones Públicas con el agravante de que -a diferencia del empleo privado- el ERE en la Administración Pública sólo puede conllevar el despido del empleado público (no se permiten ERES Públicos de suspensión o de reducción de jornada). Es la segunda medida del Gobierno (en sólo 3 meses) con una clara voluntad de destrucción de empleo público.

• Febrero 2012- Orden Ministerial proveniente del RDL 4/2012 para el pago a proveedores de los Ayuntamientos. Tras la entrada en vigor de la Reforma Laboral, el Gobierno diseña un plan para hacer frente a las deudas de los Ayuntamientos, donde como requisitos que ha de cumplir la entidad local figuran: aplicar la Reforma Laboral entre sus trabajadores, reducir salarios de los empleados públicos de la entidad local y despedir empleados públicos de la entidad local (personal laboral).

• Abril- RDL 16/2012 de Medidas Urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud. Esta norma, además de terminar con el carácter universal y gratuito de la Sanidad Pública y establecer el repago de los medicamentos, no perdió la ocasión para perjudicar al personal estatutario empeorando las profesiones sanitarias y su Estatuto Marco, dejando sin complementar el salario del personal en situación de Incapacidad Temporal y, finalmente, integrando de forma obligatoria al personal funcionario sanitario al Sistema Nacional de Salud.

• Junio- Ley 2/2012 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012. Vuelve a confirmar la congelación salarial y la tasa de reposición en el 0%, pero además, establece con carácter básico y general para todas las Administraciones Públicas las 37 horas y media (sin que el Gobierno tenga competencia total en esta materia). Además, recorta un 50% las partidas de Acción Social en la AGE.

• Julio- RDL 20/2012. Sólo quince días después de establecer la congelación salarial de los empleados públicos en los PGE de 2012, el Gobierno elimina la paga extraordinaria del mes de diciembre, en la que probablemente sea la norma más dañina para las condiciones laborales de los empleados públicos de todo el periodo democrático. Además, el RDL limita drásticamente el complemento del salario en situación de IT. Reduce y limita los derechos sindicales, así como las unidades electorales y en un alarde de actitud antidemocrática e inconstitucional, anula TODOS los pactos y acuerdos en materia de derechos sindicales y limita la Negociación Colectiva pues los Convenios Colectivos podrán ser incumplidos por la Administración sólo con la excusa de la reducción del déficit público. Además, de forma discriminatoria, elimina la jubilación parcial de los empleados públicos establecida en el Estatuto Básico y modifica el régimen de vacaciones, permisos y licencias, suprimiendo los días adicionales como norma de obligado cumplimiento sin posibilidad de mejora mediante la Negociación Colectiva.

• Octubre- Reglamento sobre despidos colectivos. Desarrolla la Reforma Laboral estableciendo el procedimiento para el desarrollo de los ERES en las Administraciones Públicas. El reglamento consagra la primacía de la voluntad de la Administración sobre cualquier otra circunstancia, que como sabemos por lo dispuesto en la Reforma Laboral, sólo puede ser el despido de empleados públicos. Por primera vez el Gobierno consigue escribir en una norma que “si la Administración quiere despedir, motivos tendrá y válidos serán” más o menos y con similar rigor.

Por último, hace pocos días conocíamos la enmienda del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso a los PGE 2013 que añade una nueva disposición que establece un recorte del salario del 50% en las ausencias al trabajo por causa de enfermedad o accidente que no den lugar a una situación de Incapacidad Temporal (baja médica). Además se da la circunstancia de que a los funcionarios de clases pasivas el Gobierno les descuenta en diciembre el doble de cotización que en los otros meses, consiguiendo que estos empleados públicos no sólo no cobren la extra en diciembre, sino que cobren menos que cualquier otro mes. Y el Gobierno, conocida la reclamación, no hará nada para solventarlo.

Pero lo peor es que esto no ha terminado aquí. Hay que esperar los efectos de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, del Proyecto de Ley de Tasas Judiciales, así como de las recomendaciones de la “Comisión de expertos para la reforma de las Administraciones Públicas”. Por cierto, habría que preguntar al Gobierno: ¿Reforma de las AAPP? ¿Y todo esto qué era? Ah, sólo recorte de servicios públicos y destrucción de empleo. Lo dicen las estadísticas: la última EPA, también de forma histórica y sin precedentes, sitúa el empleo público como el tercer sector que más empleo destruye, tras Construcción e Industria. Y esto teniendo en cuenta que la estadística es anterior a la promulgación del reglamento de despidos colectivos, a la que se han sucedido los anuncios de ERES masivos: ¿Conseguirá el Gobierno que sea el sector público el primero en destrucción de empleo? Seguro, no cabe duda.

En medio de esta situación nefasta e incierta: ¿Hace falta explicar los motivos para convocar una huelga general? Las organizaciones sindicales del ámbito público que no secundan la huelga, hacen un flaco favor a los empleados públicos, singularizando y estigmatizando una vez más a unos profesionales más que hartos de ser protagonistas y responsables de pagar una crisis a la que no contribuyeron, pues su única labor es la del servicio a los demás, por y para todos y todas.

Empleo Público: un año de gobierno del PP, treinta años en pérdida de derechos