viernes. 19.04.2024

A lo largo del año que ahora termina se han producido, al menos, dos intentos de que -por parte de las Instituciones Europeas- se tomen acciones en materia de Salud Sexual y Educación Sexual. La primera fue en octubre cuando se examinó el Informe sobre Salud Sexual y Reproductiva, conocido como Informe Estrela; la segunda estos últimos días cuando fue bloqueada por segunda vez ante el PE. En ambos casos el intento fracasó. Y lo hizo por la misma causa que no es otra que la oposición y el voto negativo de los partidos que conforman el Grupo Popular Europeo que supuso la devolución y el rechazo del citado Informe

Se demuestra con ello que, aquí como allí, nuestros representantes políticos agrupados en el PPE son tan ciegos como insensibles, intolerantes, acientíficos, incultos, injustos, ultrarreligiosos, oscurantistas, discriminadores, etc.

¿Se pueden utilizar en este caso términos tan duros? No solo se puede, en ejercicio de la libertad de expresión de quién esto escribe, sino que resultan correctos para resaltar lo inadecuado del comportamiento de sus señorías.

Veamos: si  una persona pertenece a una determinado grupo o país lo primero que querrá y necesitará será aprender el lenguaje y pautas que le permitan desenvolverse como miembro de los mismos tanto dentro como fuera del ámbito de pertenencia. Nuestras señorías, si bien son mujeres, hombres o transexuales,  intersexuales, homosexuales, lesbianas o bisexuales -todas estas condiciones pueden darse en un grupo tan grande-  creen que no es necesario aprender sobre su propia condición de seres humanos sexuados y sexuales. De ahí que les denomine ciegos.

Del mismo modo está justificado calificarlos de insensibles puesto que ignoran o pasan por alto que el desconocimiento de ciertas cuestiones relacionadas con la sexualidad, como son la identidad sexual, la orientación sexual  así como las múltiples formas de expresión sexual, son fuente inagotable de sufrimiento humano y discriminación. Debido, precisamente, a la falta  de formación y de conocimiento.

Además de ello puede tildárseles de incultos. Y lo son porque la sexualidad en toda su amplitud es objeto de estudio científico desde hace al menos un siglo cuando en 1925 -precisamente en Europa- nació la Liga Mundial para la Reforma Sexual sobre bases científicas de la que formaban parte los científicos más relevantes de entonces (Bloch, Hirschfeld) que tuvo una sección española y que solo la II guerra mundial pudo parar. Estos representantes políticos ni son cultos -desconocen la brillantez de los trabajos europeos en esta materia-  ni respetan el conocimiento al pretender sustituir todo un Corpus científico por creencias irracionales y, lo que es peor aún , ideológicas.

Asimismo, nuestros representantes son injustos y actúan de una manera que ronda, peligrosamente, la ilegalidad. Injustos porque rechazando intervenir mediante su trabajo legislativo en esta materia  son cómplices de situaciones injustas que se producen en la vida  de los ciudadanos europeos quienes, aún deseándolo, no puedan acceder a la formación adecuada. Es decir: no estarían garantizando el derecho a la educación en lo que se refiere a la sexualidad. Y conviene recordar que el derecho a la educación es un derecho fundamental en nuestra constitución y en las de nuestro entorno.

Pero no bordean la ilegalidad tan solo porque estén limitando un derecho fundamental como es el de la educación sino porque están dejando de aplicar tratados internacionales (1)  de la ONU e, incluso, la carta de Derechos Fundamentales del la UE. Los Tratados internacionales se convierten en ley para aquellas partes que lo firman. España los ha firmado y muchos países europeos también por lo que implica que su contenido es ley que deben aplicar en su territorio. Luego, si muchos países en Europa están obligados a aplicar estas normas… ¿no sería conveniente armonizar las actuaciones en la materia y situarse de lleno dentro de la legalidad?

Asimismo, no es menor la cuestión de la discriminación. Es sabido que la UE tiene varias Directivas para evitar la discriminación, tiene muy tasados jurídicamente los motivos de discriminación contra los que luchar y, entre ellos, se encuentran la discriminación por razón de sexo, género y orientación sexual. Como se puede comprender todos estos son conceptos de los que trata la Educación Sexual y la Salud Sexual.

Por último hablaré de la insolidaridad que puede serles achacada porque ¿de qué otro modo podría denominarse el hecho de que cada uno de ellos, sea hombre, mujer, transexual, homosexual, lesbiana o bisexual, sea incapaz de ponerse en la piel de las personas que demandan saber más o tomar sus propias decisiones en lo relativo a sexualidad?

Dejo al terminar una pregunta ¿Cual es el problema para ir en contra de aquello que la ciencia, la humanidad, la solidaridad, la justicia, la legalidad internacional les indican.


(1) Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948. Art 3: derecho a la vida, libertad y seguridad.

 Pacto sobre Derechos Económicos Sociales y Culturales, 1966. Art 1: derecho al más alto nivel de salud física y mental; art.3: derecho a la educación.

Pacto internacional por los derechos civiles 1966.

Convención para la eliminación de discriminación contra la mujer, 1981. Art 12: derecho a la atención sanitaria incluida la planificación familiar.

Salud sexual y educación sexual hoy en Europa