jueves. 28.03.2024

manifestacion-ley-de-dependencia1Para responder la pregunta clave de ¿se ha cumplido el derecho subjetivo? hay que analizar los obstáculos que impiden su cumplimiento. Fundamentalmente, son la falta de presupuesto (carencia de financiación para las previsiones y recortes), las listas de espera, el copago abusivo, la falta de homogeneización en la gestión de la Ley y la carencia de un sistema de atención de urgencias para paliativos.

1. Desigualdad territorial 

Desde los inicios de la implantación de la Ley existen múltiples diferencias territoriales en la gestión de la Ley, en la financiación, en la organización, etc. Algunas comunidades autónomas son mucho más eficaces que otras, sobre todo las que encajaron en el Sistema de Servicios Sociales autonómico y Local la  gestión de la Ley, ya que la dependencia es parte del Sistema de Servicios Sociales. 

Las diferencias han dado lugar a que haya más o menos lista de espera, a que sean o no compatibles algunas prestaciones, a diferencias en el copago… Es decir, que también ha influido en que se garanticen o no los derechos subjetivos de la ciudadanía. Las desigualdades territoriales siguen latentes después de diez años, pero quizá se ha protocolarizado más la gestión en todos los territorios. 

2. Sector Productivo

La Administración parece olvidar que la Ley de Dependencia es un sector que genera riqueza y empleo. Es importante remarcar que esta Ley ha generado muchos puestos de trabajo. En el sector residencial, la ratio general es que por cada dos personas atendidas en una residencia se crea un puesto de trabajo. Además, la prestación de ayuda a domicilio constituye un factor de sostenibilidad que se pone más en valor en el medio rural. El empleo que genera esta actividad es localizado, por ello genera riqueza desde la proximidad. Se reclama la necesidad de planes de cobertura e inversiones en función de un mapa que aún no se ha hecho.

El sector empresarial y el tercer sector siguen estando muy atomizados. En la actualidad, en el sector residencial han entrado fondos de inversión y grupos industriales. Pero los pliegos de condiciones de los concursos solo tienen en cuenta fundamentalmente temas económicos o ratios de personal y sin embargo se tienen muy poco en cuenta elementos de la calidad de vida, como el tipo de atención que se pueda prestar. Por ejemplo, que se tenga en cuenta la atención centrada en la persona, el confort, que no haya sujeciones, la cualificación de los trabajadores del sector, el modelo de cuidados, así como tener en cuenta a las familias y cuidadores no profesionales. 

Es un sector atomizado feminizado y precarizado. No es baladí que en un primer momento de implantación de la Ley, cuando la prestaciones mayoritarias eran las económica para cuidados familiares, el 93% de las personas cuidadoras eran mujeres. Ocurre lo mismo en el sector de servicios. Según un estudio de CCOO de 2015, las personas trabajadoras en este sector de cuidados están en condiciones más precarias que en otros sectores tradicionalmente masculinos, ya que tienen un mayor nivel de temporalidad, parcialidad y unos sueldos más bajos. Además han sufrido de manera más dura la crisis y los despidos que otros sectores. Uno de los recortes que se produjo con el Decreto de julio de 2012 fue precisamente eliminar la cotización a la seguridad social de las personas cuidadoras familiares, lo que produjo que la mayor parte de estas personas perdieran su reconocimiento como trabajadoras.

3. Financiación

Desde el principio se ha ido modificando el sistema de financiación de la AGE y las CCAA, y la participación CCLL. La AGE ha ido dando menos y se ha grabado más en las CCAA. En todo caso, la financiación es insuficiente. Dentro de este tema hay alguna cuestión a debatir como es el tema del Copago, ya que  la administración se ahorra un importe del presupuesto que es el equivalente al ingreso por copago. Por ello algunas investigadoras como Julia Montserrat Cordorniu (2016) lo consideran confiscatorio y abusivo, además de ser un instrumento recaudatorio individual y restrictivo que no contribuye a la solidaridad y a la redistribución.

El copago como instrumento de financiación es uno de los temas más polémicos a la hora de ser debatido en el Consejo Territorial de Dependencia. En un principio las CCAA fueron incapaces de ponerse de acuerdo para homogeneizar las tarifas. A partir de la Resolución 13/2012, se producen dos consecuencias: Una mayor homogeneización (exceptuando la Ayuda a domicilio) y una subida del copago de las personas usuarias de las prestaciones de la dependencia.

Por un lado, desde el trabajo social se valora positivamente la uniformidad en las tarifas en clave de igualdad e incluso se ve necesario regular también la de ayuda a domicilio. Por otro lado, el copago ha afectado más negativamente a las rentas medias-bajas por el efecto que produce tener en cuenta el patrimonio, ya que las rentas altas cubren el tope con los ingresos y su patrimonio no se ve afectado. 

De esta manera se podría entender que el copago puede llegar a ser abusivo en cuanto que un 50% de las rentas de las personas usuarias pueden tener que ser destinadas a este copago y si hablamos de residencias puede llegar a ser un 95%. Es posible que también se dé el caso de personas que tengan que hipotecar su patrimonio para poder “copagar” e incluso la administración se podría personar como acreedora en un reparto de herencia.

Además está la cuestión del saco sociosanitario. Quiero decir con esto que hay servicios sanitarios que al pasar a sociosanitarios estarían copagando por servicios que en el ámbito sanitario tienen cobertura universal. Este es un tema que puede generar un profundo debate, ya que lo que se debería pagar son los gastos de alojamiento y manutención.

4. Prestaciones 

A lo largo de estos diez años ha habido diferencias en cuanto a la tipología de las prestaciones. En los primeros años, la excepción se hizo norma en cuanto que lo mayoritario eran las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar y actualmente se han reducido a un 33,94%, ocupando ahora las prestaciones por servicio un 66.06%.

5. Listas de espera 

Una de las características infalibles en estos diez años es que una de cada tres personas que tienen un dictamen con el derecho reconocido, no están percibiendo las prestaciones que le corresponden. Se trata de 355.596 personas. La cifra ha variado poco. Por tanto, no se hace efectivo el derecho subjetivo de estas personas.

6. Carencia de  sistema de urgencias en la atención 

Los trámites que requiere la Ley para la valoración y gestión del PIA es tan complejo que impide que muchos casos puedan recibir las prestaciones de manera inmediata. Este es el caso de los cuidados paliativos, donde un 45,3% de las personas pacientes y sus familiares señalan la necesidad de una mayor agilidad en el trámite de la dependencia, así como un refuerzo de los servicios domiciliarios enfocados en esa línea. 

7. Coordinación sociosanitaria o integración sociaosanitaria: La confusión 

A lo largo de estos años se ha hablado mucho de la coordinación sociosanitaria, pero se ha sido incapaz de establecer un modelo. Solo se han apuntado buenas prácticas en esa línea. Se ha hablado primero de coordinación y luego de integración, confundiendo términos que no significan lo mismo. No se ha clarificado cómo encajar la financiación en la estrategia marcada por el Gobierno dejando algunas dudas sobre el papel de la externalización o privatización de servicios.


Ana I. Lima | Presidenta del Consejo General del Trabajo Social

Siete claves para entender por qué la Ley de Dependencia no funciona