jueves. 18.04.2024

ASYPSLa Comisión Europea define la Compra Pública Verde (CPV) como “un proceso por el cual las autoridades públicas tratan de adquirir mercancías, servicios y obras con un impacto medioambiental reducido durante su ciclo de vida, en comparación con el de otras mercancías, servicios y obras con la misma función primaria que se adquirirían en su lugar” (COM (2008) 400 final.

Esta definición supone que la inclusión de criterios ambientales en las contrataciones públicas es una necesidad para alcanzar los retos ambientales actuales y futuros, ya que favorece la reducción de la huella de carbono y de la contaminación atmosférica, al tiempo que facilita las buenas prácticas agrícolas, el consumo de productos ecológicos y la adaptación al cambio climático, contribuyendo a frenar la deforestación y evitando directamente las emisiones, fruto de los procesos productivos.  Por tanto, en el marco del desarrollo de una economía verde en una Europa hipocarbónica y  que utilice eficiente de los recursos, su implantación se antoja esencial. Sobre todo teniendo en cuenta que la contratación pública representa prácticamente el 20% del PIB de la Unión Europea y aproximadamente el 16% del PIB en España.

Hay muchos ejemplos de buenas prácticas que muestran los beneficios que puede producir la Compra Pública Verde. Por ejemplo se estima que cambiar la contratación pública energética por suministro de energía renovable permitiría reducir 60 millones de toneladas de CO2, el 18% de las cuotas asignadas a la UE por el Protocolo de Kyoto (Comisión Europea 2012), o si por ejemplo, las autoridades públicas compraran alimentos ecológicos, se podría compensar el impacto de la eutrofización de más de 3,5 millones de personas y reducir las emisiones de GEI de 600.000 personas (Proyecto RELIEF).

Atendiendo a estos antecedentes, la UE promulga la nueva Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero, sobre contratación pública (publicada en el DOCE el 28 de marzo de 2014 y cuyo plazo de transposición finaliza el 18 de abril de 2016) incorporando importantes reformas para el desarrollo de las compra publica verde. Entre los fines específicos perseguidos por la nueva legislación europea (aumento de la eficiencia del gasto público, facilitar la participación de las pequeñas y medianas empresas (PYMES)), se encuentra precisamente la utilización de la contratación pública en apoyo de los “objetivos sociales comunes”. Una expresión amplia que engloba el respeto y cuidado del medio ambiente. Dicho respeto, subraya el legislador europeo, debe producirse durante todo el iter procedimental, es decir, tanto en la elección de los participantes, como en los criterios de exclusión y en la determinación de las ofertas económicas.

Aún más, la nueva Directiva establece la obligación de los Estados miembros de garantizar en fase de ejecución contractual que se “cumplan las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el Derecho de la Unión, el Derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de Derecho Internacional medioambiental, social y laboral enumeradas en el anexo X” (art. 18.2). También abre la posibilidad de aplicar criterios de Análisis del Ciclo de Vida en la valoración económica de las ofertas.

Esta directiva, nos ofrece un esperanzador futuro para el desarrollo de una economía verde en Europa, y podría ser una importante fuerza motriz para la generación en nuestro país de una economía verde e hipocarbónica. Pero aunque una gran parte de las contrataciones que realizan las administraciones públicas españolas son productos que podrían comprarse con criterios ambientales, atendiendo a los resultados de los últimos estudios realizados al respecto, su aplicación en España se antoja muy complicada.

Según el estudio realizado por la Universidad de Alcalá entre 2013 y 2014 sobre el desarrollo de las prácticas de compra pública verde en España, se precisará de políticas y políticos valientes que potencien la inclusión de criterios ecológicos y de sostenibilidad en la política de compras de las administraciones públicas españolas mediante disposiciones legales de obligado cumplimiento, ya que el principal factor limitante que exponen los encuestados para implantar procedimientos de contratación pública verde es la falta de compromiso político.

Además y abundado en el bajo desarrollo de la compra pública en España, este mismo estudio muestra que aunque casi dos terceras partes de las administraciones de ámbito local y autonómico, dice haber adoptado acuerdos para estimular la compra verde, solo el 22,7% presenta compromisos explícitos siendo las Diputaciones provinciales la entidad que en mayor medida incluye criterios ambientales en sus pliegos (en el polo opuesto se encuentran los ayuntamientos de más de 100.000 habitantes que tan solo en un 25% de sus licitaciones incluyen criterios ambientales). También se indica la dificultad de las administraciones para encontrar proveedores, así como cierta falta de formación de los funcionarios con responsabilidades en la compra pública, como  algunas de las debilidades para su implantación.

También destaca la importancia que herramientas como el etiquetado ecológico tienen en el desarrollo de las políticas de compra verde. El etiquetado, sin ser un requisito legal y de obligado cumplimiento, se contempla por parte de las administraciones como una garantía de comportamiento respetuoso con el medio ambiente. Una herramienta que facilita el desarrollo de una relación comercial entre las administraciones que quieren comprar productos o servicios de características medioambientales específicas y las empresas que están en condiciones de suministrar estos productos, con el valor añadido de su respeto por el medioambiente.

En definitiva, el camino de la compra y contratación pública verde se ha iniciado, pero todavía tiene que ser explorado en mayor medida, ampliado y consolidado. El nivel de compromiso de las Administraciones Públicas es todavía bajo, probablemente condicionado por la falta de concienciación y el carácter voluntario al que se encuentran sujetas muchas actuaciones e iniciativas ecológicas.  

Por lo que se necesitará desarrollar tanto de herramientas de mercado, como la etiqueta ecológica, que garantice que el ciclo de vida del producto adquirido es respetuoso con el medio, como herramientas de trabajo que ofrezcan información y formación ambiental tanto a compradores (administraciones) como a proveedores, una buena comunicación interna en la administración y sus distintos departamentos, y el desarrollo de programas y políticas que ayuden a la creación de redes de proveedores ecológicos, facilitando el proceso de compra y la búsqueda de productos verdes.


De la Cruz Leiva, José Luis | Secretario de ASYPS, Coordinador de proyectos del Centro de Sostenibilidad y ecoinnovación de la Universidad de Alcalá de Henares

La ‘compra pública verde’ como herramienta para el desarrollo sostenible