martes. 19.03.2024
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El texto que presentó la Comisión jurídica asesora dejaba muy clara la libertad de conciencia y culto, de forma más evidente que la declaración un tanto ambigua de la Constitución de 1876

@Montagut5 | En este artículo expondremos la posición socialista frente al Anteproyecto Constitucional de 1931. No debemos confundir el Anteproyecto con el Proyecto constitucional en sí, como tendremos oportunidad de explicar. En primer lugar, analicemos por qué se hizo un Anteproyecto y qué características presentó.

Un mes antes de convocarse las elecciones a Cortes Constituyentes el Gobierno nombró una Comisión jurídica asesora, dependiente del Ministerio de Justicia, por un Decreto del día 6 de mayo de 1931. La Comisión fue presidida por el prestigioso jurista y político católico avanzado Ángel Ossorio y Gallardo. Entre sus miembros destacaron Adolfo Posada, Manuel Pedroso, Agustín Viñuales, y Alfonso García Valdecasas, entre otros. El Gobierno justificaba la creación de esta Comisión porque tenía que elaborar un anteproyecto constitucional que luego habría que llevar a la Asamblea Constituyente, aunque se reservaba el derecho a modificar lo propuesto antes de presentarlo a las Cortes. Este texto es menos conocido que el Proyecto constitucional elaborado por la Comisión parlamentaria, presidida por Luis Jiménez de Asúa. Este prestigioso jurista socialista declaró que se había tenido en cuenta el documento de la comisión jurídica, pero son claramente diferentes. Suponen dos modelos ideológicos de abordar la Constitución republicana.

El texto que presentó la Comisión jurídica asesora dejaba muy clara la libertad de conciencia y culto, de forma más evidente que la declaración un tanto ambigua de la Constitución de 1876. En este sentido, había una apuesta por la separación entre la Iglesia y el Estado, pero otorgaba a la Iglesia Católica un estatuto como asociación o corporación de derecho público, lo que le permitía crear centros educativos y que en ellos se impartiese enseñanza religiosa. A pesar de la moderación del Anteproyecto, si lo comparamos con el Proyecto parlamentario y con lo que luego se discutió y aprobó en las Cortes, con radical separación entre la Iglesia y el Estado y merma del poder e influencia de la primera, la jerarquía eclesiástica arremetió contra el Anteproyecto, especialmente en lo relativo a la libertad de culto. El cardenal Segura llegó a decir en el verano de 1931 que se estaba ante un “ateísmo de Estado”. 

En relación con los poderes se optaba por un sistema bicameral con un Senado de composición corporativa. Ossorio era enemigo de la existencia de una sola cámara porque, según su opinión, no tendría freno. El Proyecto de la Comisión constitucional estableció, en cambio, una sola cámara. Jiménez de Asúa habló de la decadencia del sistema bicameral frente a la postura de Ossorio que aludió a su generalización en todos los sistemas democráticos. Asúa creía que la existencia de un Senado paralizaría o moderaría las leyes progresistas.

El presidente de la República tendría amplios poderes, ya que poseería el derecho de veto sobre la legislación aprobada en el legislativo y el poder de disolución de las cámaras. En el Proyecto constitucional se frenó algo el poder del presidente de la República, especialmente en relación con la disolución del legislativo.

El Anteproyecto no especificaba ningún modelo de organización territorial para España, aunque reconocía la posibilidad de que hubiera autonomías, las conocidas como entidades autónomas para fines administrativos y políticos, algo más que las mancomunidades de la ley de 1913, a la que se acogió Cataluña al año siguiente, pero sin llegar a la solución federal. Se pretendía atender los deseos del nacionalismo catalán, pero sin cerrar la puerta a otras regiones para que pudieran adoptar la fórmula autonomista. El Proyecto parlamentario creó el concepto de “Estado integral”, aceptando la solución autonomista.

El Anteproyecto no provocó entusiasmo unánime en el Gobierno, siendo especialmente crítica su ala izquierda, al considerarlo muy conservador. En realidad, obedecía a las ideas de la Derecha Liberal Republicana de Niceto Alcalá-Zamora y Miguel Maura, como se puede comprobar en las cuestiones del Senado y del poder del presidente de la República, o en el tema de la religión, algo lógico si vemos quiénes fueron los miembros de la Comisión jurídica asesora. El presidente de la Comisión envió a los periódicos una nota para contestar a las profundas críticas que había recibido el texto desde muchos ámbitos, recordando que se trataba de aportar materiales al Gobierno, sin trascendencia política.

Pues bien, el Partido Socialista publicó en “El Socialista” del día 3 de julio de 1931, ya celebradas las elecciones a Cortes Constituyentes, su postura oficial, junto con la nota del propio Ossorio. El título del artículo era claro: “El engendro constitucional de Ossorio y compañía”. Ya había habido alguna breve alusión anteriormente. En el número del día 2 se avisaba que los socialistas consideraban que eran las derechas las que tenía que ceder más a la hora de elaborar la Constitución porque su hora había pasado. Los socialistas deberían presentar un texto contra los reaccionarios.

La crítica socialista al Anteproyecto de fundamentaba en varias razones. En primer lugar, era un texto que había nacido en el seno de una Comisión jurídica, por lo que pecaría de abstracto, alejado de la realidad social española del momento, y que no casaría con el proceso trascendental que había surgido desde el 12 de abril, es decir, era un paso atrás. Era el pilar fundamental de la crítica, el carácter conservador o retardatario del texto, hasta reaccionario y confuso, como fue calificado. Y esta afirmación rotunda se basaba en el respeto completo al derecho de propiedad, el permiso para la existencia de la educación religiosa y porque creaba un Senado, considerado anacrónico. Por su parte, los aspectos más sociales del Anteproyecto no se definían tan claramente, sino de una forma confusa y vaga, algo que no gustaba nada desde la perspectiva socialista. La cuestión de la organización territorial diseñada un tanto ambiguamente en el Anteproyecto no agradaba tampoco a los socialistas. La cuestión autonómica fue uno de los temas de más debate en seno del socialismo español, tan alérgico a las causas regionalistas y nacionalistas. Los socialistas acusaban al texto de que tampoco en cuestión de igualdad de sexos se especificaba mucho ni se planteaba en toda su extensión.

Uno de los temas que más enfadaba al PSOE era el educativo. Parecía conveniente que el Anteproyecto definiera la enseñanza primaria como obligatoria y gratuita, pero no se especificaba que debiera ser laica, “absolutamente laica”. El Estado no debía proporcionar enseñanza religiosa a los alumnos. Se acusaba a la Comisión de seguir permitiendo el poder casi omnímodo de la Iglesia. Se avisaba que los diputados constituyentes tendrían como uno de sus primeros objetivos acabar con los denominados privilegios eclesiásticos. Para completar su crítica hacia el tratamiento de la educación, los socialistas acusaban a la Comisión de no definir claramente el paso a la enseñanza superior, que estaba condicionado a “la aptitud y la vocación”, viendo en esta ambigüedad un medio para seguir manteniendo esta etapa final educativa reservada para las clases altas.

Los socialistas eran contrarios a que la mayoría de edad para votar se estableciese a los veintitrés años, como planteaba la Comisión. Pretendían que se rebajara a los veintiuno. Si los jóvenes tenían que cumplir obligaciones militares a esa edad, justo era que pudieran votar. No se argumentaba nada para el caso de la mujer, aunque el texto aludía al derecho que tenían para votar, como refleja el propio texto de “El Socialista”.

Por fin llegamos al Senado. Después de descalificar la existencia del mismo como reminiscencia del pasado y lugar donde irían a morir los representantes de la oligarquía, se llegaba al meollo de la crítica. El Senado que pretendía la Comisión tenía un carácter corporativo, y los socialistas defendían la representación parlamentaria ciudadana, no por la pertenencia a una corporación, institución u organización, aunque hubiera obreros en el Senado. El corporativismo de ese Senado desvirtuaba el sufragio universal, la “soberana participación” de los ciudadanos. El problema se agudizaba porque tendría amplios poderes, y su presidente podría sustituir al de la República en casos excepcionales. Por fin, no podría ser disuelto, lo que demostraba su importancia en el conjunto de poderes del Estado.

Frente al modelo republicano conservador del anteproyecto, Asúa habló en su discurso y exposición del Proyecto de la Comisión parlamentaria de un modelo de Constitución avanzada, no socialista, pero sí de izquierda, fruto de una comisión formada mayoritariamente por diputados socialistas y republicanos de izquierda, y que respetando la propiedad privada se subordinaba a los intereses generales, incluyendo los derechos sociales que diseñaban un primer Estado del Bienestar. Además, se suprimiría el bicameralismo.

Los socialistas y el Anteproyecto Constitucional en 1931