jueves. 28.03.2024
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Los inquilinos con contratos firmados antes del 1 de enero del año pasado podrán seguir deduciéndose un 10,05% de las cantidades satisfechas en 2015 y los años sucesivos siempre y cuando mantengan dicho arrendamiento y siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros al año

El próximo miércoles 6 de abril arranca la Campaña de la Renta que, como cada año, viene cargada de novedades que en muchas ocasiones se dicen con la boca pequeña cuando en el fondo tienen una gran repercusión en el bolsillo de los ciudadanos, máxime cuando se trata de uno de los bienes más preciados, la vivienda.

Este año la campaña está marcada por las modificaciones introducidas por la reforma fiscal, entre las que destaca una sobre el resto. Se trata de la desaparición de la deducción estatal por el alquiler de la vivienda habitual para todos aquellos que firmaron sus contratos de arrendamiento a partir de enero del pasado año. Si bien cabe recordar que esta medida afecta únicamente de la deducción estatal, pues la autonómica contemplada en algunas Comunidades–que normalmente es más elevada- se mantiene.

De este modo, los inquilinos con contratos firmados antes del 1 de enero del año pasado podrán seguir deduciéndose un 10,05% de las cantidades satisfechas en 2015 y los años sucesivos siempre y cuando mantengan dicho arrendamiento y siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros al año.

Por su parte, los tipos de las deducciones autonómicas al alquiler están entre el 5% y el 25%, dependiendo de la Comunidad y de las circunstancias del contribuyente. No obstante, no todas las comunidades gozan de esta rebaja fiscal. Es el caso de Baleares, La Rioja y Murcia que no cuentan con deducción fiscal de este tipo para incentivar el alquiler de viviendas.

Además, la reforma también empeora el tratamiento fiscal a los arrendadores, pues en la renta de 2015 se congela al 60% la reducción única para el rendimiento neto declarado por el arrendamiento de la vivienda, desapareciendo así las diferencias en la rebaja que se estipulaban en función de la edad, las cuales elevaban la deducción al 100% cuando el inquilino era menor de 30 años. 

Así, la Campaña de la Renta 2015 certifica la defunción de una de las principales deducciones fiscales de las que se aprovechaban los contribuyentes más jóvenes y que suponía un pequeño impulso para su independencia del hogar paterno ante las muchas dificultades que encuentran actualmente para poder hacer frente al alquiler de una vivienda.

Contesta Carlos Cruzado

Presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA)

¿Qué va a pasar con la deducción al alquiler de la vivienda en la campaña de la renta...