martes. 19.03.2024
CONTESTA CARLOS CRUZADO | PRESIDENTE GESTHA

¿Por qué está siendo tan complicado conseguir la devolución del ‘céntimo sanitario’?

Se estima que Hacienda sólo devolverá una tercera parte de los 13.000 millones de euros que recaudó en diez años con este impuesto sobre los hidrocarburos.

2014022714202937583Hace unos días, el Tribunal Supremo reconocía la responsabilidad patrimonial del Estado y ordenaba a Hacienda la devolución del conocido como ‘céntimo sanitario’ para los periodos anteriores al año 2010, después de aceptar los primeros recursos interpuestos, los cuales suponen una muestra representativa de los más de 4.000 casos que han llegado al Alto Tribunal por parte de empresas y asociaciones de transportistas, en su gran mayoría, en estos años.

Cabe recordar que lo que llamamos ‘céntimo sanitario’ es realmente el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH) y estuvo vigente entre el 1 de enero de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2012. Este impuesto gravaba las ventas minoristas de determinados hidrocarburos (básicamente las gasolinas, el gasóleo, el fuelóleo y el queroseno no utilizado como combustible de calefacción) y constaba de un tipo de gravamen estatal (común en todo el ámbito territorial de aplicación del impuesto) y de un tipo de gravamen autonómico facultativo. A lo largo de la vida del tributo, 13 Comunidades Autónomas aprobaron tipos autonómicos.

Recordemos que en 2014 el Tribunal de Justicia de la UE lo declaró ilegal, lo que abría la puerta a la devolución por parte del Gobierno de las cantidades recaudadas a todos aquellos que, pudiendo justificar su pago, así lo exigieran. No obstante, desde Gestha ya avisamos en su día de que Hacienda devolvería como máximo, sólo una tercera parte de los 13.000 millones de euros que recaudó en diez años con este impuesto, es decir, 3.950 millones de euros.

Esto es así porque la Ley General Tributaria establece un periodo máximo de cuatro años para la devolución de ingresos indebidos, por lo que cuando el Tribunal de Justicia de la UE emitió su dictamen,  9.176 millones de euros recaudados ya estaban prescritos. Es decir, los consumidores solo podían reclamar, de acuerdo con dicho procedimiento, por el gravamen pagado entre marzo de 2010 y diciembre de 2012.

A las devoluciones que Hacienda ha efectuado hasta la fecha, de acuerdo con dicho procedimiento, habrá que sumar ahora las correspondientes a los años 2002 a 2009, a la vista de la decisión del Tribunal Supremo que, aún a falta de concretar en la sentencia que dará a conocer en próximas fechas, supone el reconocimiento de la responsabilidad patrimonial del Estado, y por tanto no juega el límite temporal del procedimiento utilizado hasta ahora. Decisión de la que sólo podrán beneficiarse quienes hubieran presentado la correspondiente reclamación y posterior recurso judicial, por lo que la cantidad  a devolver finalmente quedará muy lejos de esos 9.176 millones recaudados en el citado periodo.

Contesta Carlos Cruzado

Presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA)

¿Por qué está siendo tan complicado conseguir la devolución del ‘céntimo sanitario’?