jueves. 18.04.2024
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Estamos en plena campaña de la renta y, aunque queda más de un mes por delante, muchos españoles han enviado ya su declaración a la Agencia Tributaria. Sí, la prisa suele ser muy habitual en esta época, sobre todo si la declaración sale a devolver, pues nos apresuramos a darle a aceptar sin mirar todo lo bien que deberíamos.

Para hacer la declaración hay que tomarse tiempo, y eso es algo que los Técnicos de Hacienda repetimos año a año. No se trata de un asunto baladí, y precisamente por ello la Agencia Tributaria da un plazo de casi tres meses para hacer este trámite, pues lleva su tiempo hasta asegurarse de que todo está correcto.

Esa prisa muchas veces ocasiona que se cometan errores al completar el borrador de los que se tenga constancia a posteriori, una vez enviada a Hacienda. Pero esos errores tienen solución. Sobre todo si nos damos cuenta antes de que acabe el plazo de la campaña, que es el próximo 30 de junio. Si el error se subsana dentro de este plazo se puede hacer directamente a través de Renta Web, el sistema electrónico por el que ya todos hacemos la declaración tras su implantación completa este año.

Pero si nos damos cuenta de ese error una vez se ha acabado este plazo, las formas para enmendarlo varían según a quién perjudique ese error. Es decir, si el perjudicado es el contribuyente, basta con hacer la corrección también en Renta Web antes de que pasen cuatro años, plazo máximo del derecho que tiene el contribuyente para percibir la devolución de ingresos indebidos.

No obstante, si el error perjudica a Hacienda, la cosa se complica, porque aquí entra en juego la temida declaración complementaria. Esta no es más que la rectificación de una declaración anterior, algo que también se puede hacer de forma telemática. El problema es que cuando el error ha sido en perjuicio de la Agencia Tributaria implica que a la cantidad que hay que abonar como resultado de la corrección de la declaración se le suma un recargo, aunque según el plazo en que se pague puede reducirse incluso a la mitad.

Y todavía habrá que pagar más si es la propia Agencia Tributaria la que se da cuenta de un error que le perjudica, puesto que hará un requerimiento al contribuyente que abre la posibilidad de que se inicie una investigación, se abra un acta y se ponga una sanción, que puede ser de entre el 50% hasta el 150% de la cuota supuestamente defraudada por el contribuyente.

Por todo esto, desde Gestha recomendamos, una vez más, que se revise escrupulosamente bien la declaración antes de aceptarla y que, si se tienen dudas, se acuda las mesas que la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes en sus oficinas para ayudarles a completar su declaración. Es la mejor forma para evitar sorpresas desagradables.

Contesta Carlos Cruzado

Presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA)

¿Cómo puedo corregir un error en mi declaración de la renta?