jueves. 28.03.2024
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El consejo para quienes estén a la espera de su devolución es paciencia. Si todo está en orden, la devolución llegará

Hace ya casi un mes que finalizó la campaña de la renta de 2016. Al menos el plazo para presentar la declaración. Si bien la campaña no ha terminado del todo, pues Hacienda todavía no ha ingresado todos los pagos que a los contribuyentes les salían a devolver en sus borradores. ¿Por qué? Porque la Agencia Tributaria (AEAT) dispone de un plazo más largo para hacer estos ingresos, en concreto hasta el 31 de diciembre próximo.

No obstante, a pesar de saber esto, muchos contribuyentes se ponen nerviosos si, una vez llegadas estas fechas, no han recibido su devolución cuando su entorno sí lo ha hecho. En primer lugar porque temen que algo pueda haber salido mal y no hayan realizado bien su declaración, lo que a veces puede acarrear una sanción. Después, porque pueden pensar que la AEAT no le devolverá ese dinero.

Pero ese extremo está descartado, puesto que si el contribuyente ha realizado correctamente su declaración y no hay ningún error, el dinero será ingresado en el plazo correspondiente. Lo que ocurre en muchas ocasiones es que algunas declaraciones tardan más en tramitarse que otras. Sobre todo las que conllevan la devolución de importes elevados o incluyen datos divergentes con los que conoce la AEAT, ya que requieren más comprobaciones.

Además, si el contribuyente ha sufrido un cambio en su situación personal –matrimonio, divorcio, nacimiento de hijos, etc.- o en su situación laboral de un año a otro, la AEAT también tendrá trabajo de comprobación extra, si es que no tiene aún la información, porque si no hay muchos cambios respecto al ejercicio previo, el proceso es prácticamente automático. No obstante, para quitar esos ‘nervios’, los contribuyentes pueden comprobar el estado de su declaración en la web de la AEAT.

Si en la consulta pone que está en trámite, es que sigue en marcha su comprobación. En cualquier caso, si hubiera algún error, la Agencia se lo haría saber al contribuyente para que aporte documentación adicional en caso de ser necesario. No obstante, puede darse la circunstancia de que llegue el 1 de enero y no haya recibido nada. Si es así, los contribuyentes pueden reclamar la devolución y los intereses de demora, que para la declaración de 2016 son del 3,75% anual de la cantidad a devolver.

Pero hay que tener en cuenta varias cosas antes. Puede que al hacernos la devolución nos llevemos una desagradable sorpresa, ya que la cuantía puede ser menor de la que salía en el borrador o incluso ninguna, pues si Hacienda determina que hay errores, devolverá lo que considere correcto. Si eso sucede y el contribuyente no está de acuerdo, puede recurrir esa devolución.

Por lo tanto, el consejo para quienes estén a la espera de su devolución es paciencia. Si todo está en orden, la devolución llegará. Y esperemos que sea más pronto que tarde.

CARLOCRUZADO

Contesta Carlos Cruzado

Presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA)

¿Cuánto puede tardar Hacienda en devolverte la declaración de la renta?