¿Qué son y qué problema hay con las SICAV?

| Actualizado 31 Diciembre 2011 - 12:53 h.

Una Sociedad de Inversión de Capital Variable (SICAV) es una Institución de Inversión Colectiva (IIC) cuyo objetivo es canalizar la inversión de los clientes exclusivamente en activos financieros. Se constituyen como sociedades anónimas, deben contar con un capital mínimo de 2,4 millones de euros y cien accionistas, y cuentan con la particularidad de tributar al 1%. Además, tienen la ventaja de no tributar en la renta del ahorro del IRPF por los dividendos y plusvalías que se generan mientras no se rescate su participación.

El problema viene cuando una sola persona o grupo de personas mayoritario acapara el 99,9% del capital social, y el resto del capital lo poseen los accionistas necesarios para cumplir el requisito legal. Es decir, en realidad se tratan de Instituciones de Inversión Privada.

De este modo se consigue eludir la tributación de las millonarias plusvalías y dividendos obtenidos por los socios mayoritarios, porque no tienen necesidad de reintegrar su participación al controlar íntegramente el destino de las inversiones de la SICAV, y jamás tributarán en el IRPF por la renta del ahorro diferida. Desde GESTHA no nos parece justo ni equitativo que las personas que poseen patrimonios mil millonarios no tributen en su Renta personal.

En este sentido, consideramos necesario establecer un porcentaje máximo de participación en una Sicav de entre el 2% y el 5% del capital social máximo de la sociedad, fijado en sus estatutos. En caso de que una Sicav no respetara el nuevo porcentaje máximo de participación, sería una causa de descalificación como institución de inversión colectiva.

Asimismo, convendría fijar un límite temporal máximo a partir del cual hacer tributar las mil millonarias plusvalías financieras devengadas cuando no se reembolse la participación en una Institución de Inversión Colectiva.

 

Carlos Cruzado
Presidente de los Técnicos de Hacienda (GESTHA)

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2 Comentarios

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Sin privilegios

La filosofía que debiera presidir las diferentes instituciones y formas de inversión es el ningún privilegio tributario para evitar la elusión fiscal (que es una forma de evasión legal). El que quiera ahorrar que lo haga por la rentabilidad interna, no por una ventaja tributaria. Es verdad que hay algunos problemas técnicos que hay que compensar (rescates, por ejemplo), pero sin privilegios que sólo grandes fortunas pueden aprovecharse. También es cierto que para conseguirlo es necesario acabar con paraísos fiscales e incluso distintos sistemas tributarios entre países, pero ese es el camino.

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escrito por Antonio Mora Plaza hace 5 meses
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Acotar el máximo de participación en una sicav

Ya que para hacer una sicav se necesitan como mínimo 100 inversores y en su planteamiento la sicav no es fraudulenta, no sería mucho más fácil que hubiera un máximo del porcentaje de acciones en un solo inversor; por ejemplo: ningún inversor de una sicav puede tener más del 15% de participación en la misma.

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escrito por Pilar hace 5 meses

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