viernes. 19.04.2024
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El sindicalista enjuiciado Pedro Galeano junto a Ignacio Fernandez Toxo

Para Cedrún esta situación, de la que son víctima cientos de sindicalistas en todo el Estado español, es posible como consecuencia de una legislación “trasnochada y franquista”, como es el artículo 315.3 del Código Penal, y gracias también a la llamada Ley Mordaza

Este miércoles se ha conocido la sentencia absolutoria a Pedro Galeano, el sindicalista de CCOO de la Comarca Henares al que se juzgó hace una semana en Alcalá de Henares por su participación en la huelga general del 29 de marzo de 2012.

Tras conocerse el fallo del Juzgado de Alcalá de Henares, el secretario general de CCOO de Madrid, Jaime Cedrún, ha valorado que se reconozca la inocencia del sindicalista “porque el ejercicio del derecho fundamental de huelga no es delito” y porque, como señala la propia sentencia, no había pruebas contra él.

Para el secretario general de CCOO de Madrid, Jaime Cedrún, se demuestra también el “montaje” que ha supuesto este proceso, basado en la acusación sin pruebas por parte de la Fiscalía y en el testimonio de un agente de policía, que goza de presunción de veracidad. Para Cedrún esta situación, de la que son víctima cientos de sindicalistas en todo el Estado español, es posible como consecuencia de una legislación “trasnochada y franquista”, como es el artículo 315.3 del Código Penal, y gracias también a la llamada Ley Mordaza.

Pedro Galeano, absuelto