jueves. 28.03.2024
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La radio nos bombardea todos los días con anuncios de abogados dispuestos a denunciar a empresas y particulares sobre los asuntos más dispares. Demandar está de moda. Las organizaciones de consumidores y los colectivos perjudicados aconsejan reclamar los derechos e indemnizaciones judicialmente, azuzados en muchos casos por las propias empresas que no atienden sus reclamaciones y sólo dejan la solución de los tribunales.

Esta generalización de la demanda jurídica trasciende a todos los ámbitos de la sociedad. Cuando menos te lo esperas te ves metido en un pleito.

Cualquier persona, cualquier profesional puede cometer un error, una negligencia de forma involuntaria y perjudicar a terceros. Esto es así: “errare humanum est” y los errores existirán siempre.

Un médico, un fontanero, un monitor deportivo, un arquitecto o abogado puede verse expuesto en cualquier momento a la demanda de un cliente insatisfecho. En ese sentido se está expandiendo en España la cultura americana de demandar y después hablar. Si bien en el derecho de nuestro país existe la llamada “querella catalana” que consiste en abusar de la jurisdicción penal para la recuperación de deudas o daños reales o ficticios y para evitar la jurisdicción civil o mercantil, acuden a la falsa denuncia, conocida históricamente, como hemos dicho, como “querella catalana”.

Por ello es imprescindible, cada día más, que tengamos un seguro de responsabilidad civil

Responsabilidadciviluniteco es la única web de este sector que garantiza a más de 600 actividades profesionales y especialidades un seguro con hasta tres opciones de precio. Se puede realizar toda la contratación directamente en la web, sin necesidad de desplazamientos, de forma rápida y eficaz, reduciendo el tiempo y los trámites al mínimo imprescindible.

Consecuencia de la preocupación social por este tema de las denuncias, bien por normas jurídicas, o por los pliegos de condiciones en los concursos públicos o privados, para poder acudir a las licitaciones y contratar es obligatoria la tenencia de un seguro de responsabilidad civil que responda de incumplimientos o demoras. Este contrato traslada a la compañía de seguros las consecuencias de nuestros errores, sean ciertos o no, cuyo importe no conocemos inicialmente, a cambio de un precio cierto que incluye los gastos de defensa jurídica y las indemnizaciones que se nos reclamen.

Muchas veces no somos conscientes del grado de responsabilidad que podemos tener en nuestra condición de padres o madres de familia con relación a las personas o familiares que dependen de nosotros, como propietarios o inquilinos de viviendas o locales dedicados al alquiler, daños que podemos producir de agua, incendios, humedades, olores, por actos del personal doméstico, etc. etc.

Como nos recuerda el Código Civil (Art. 1902) “El que por acción u omisión causa daño a otro interviniendo culpa o negligencia está obligado a reparar el daño causado”. El daño puede conllevar consecuencias penales, cuando la acción, omisión o negligencia está tipificado como delito o consecuencias civiles si no es delito, pero es preciso reparar o reponer la situación anterior.

Conviene por tanto acudir al apoyo de personal cualificado como el de responsabilidadciviluniteco.es, con más de veinticinco años de experiencia, como mejor solución para suscribir cualquier seguro de responsabilidad civil.

Cuando menos te lo esperas salta la liebre…y tienes un problema