miércoles. 24.04.2024
buitre

“Nuestro derecho penal se formó con la Ilustración, en contra del poder arbitrario de los Estados, pero que hoy el poder arbitrario es económico, y no hay instrumentos penales para contenerlo” 

Ministro de la Corte Suprema Argentina D. Raúl Zaffaroni, el 3 de agosto de 2014.

Cuentan la siguiente anécdota de Albert Einstein: cuando le pidieron en una reunión de amigos que explicara de modo accesible su teoría de la relatividad, respondió a su interlocutor que lo intentaría pero que, previamente, este le explicara cómo se hace un par de huevos fritos. Arrancó el relato poniendo la sartén al fuego con aceite y cuando iba a cascar los huevos, Einstein le interrumpió para indicarle, amablemente, que lo hiciera suponiendo que él desconocía lo que era una sartén, el aceite, una gallina,…

Las dificultades que tiene escribir sobre cuestiones financieras presuponiendo una información inexistente en el lector son mucho más ligeras que la explicación de la teoría de la relatividad, pero hacen estragos. Espero que no suceda en este caso.

La disputa en un Tribunal de Justicia de Nueva York entre el Gobierno argentino y varios fondos buitres (MNL y otros) contiene elementos jurídicos, como no podía ser de otra forma, y elementos políticos, como es negado machaconamente por quienes nos quieren persuadir de la “justa” reclamación de los especuladores Paul Singer y Cía y de la “objetividad” de la sentencia dictada por el Juez Griesa.

¿Imagina la lectora que los especuladores van a negociar un cantidad inferior cuando están muy confiados en una sentencia a su favor por el total de la deuda, al tratarse de un Tribunal de Nueva York que asume las razones de la posición acreedora para reforzar el carácter de plaza financiera global de Wall Street? Yo no

Cuando en una sentencia judicial las partes han negociado antes, negocian durante y el Juez ha propuesto que sigan negociando después, algo significa en términos políticos y no sólo jurídicos. Porque las sentencias están para ser cumplidas, incluso cuando la República Argentina aceptó en 1976, contra toda idea de soberanía, la jurisdicción de los Tribunales de Nueva York y su apelación a la sentencia desfavorable del Juez Griesa ante  la Corte Suprema de los EEUU fue desatendida.  Simultáneamente esta Corte Suprema, contradiciendo la posición del propio Gobierno de Obama, emitió un discovery para obligar al Gobierno argentino a declarar todos sus bienes visibles y ocultos en el exterior con objeto de trabar embargo de la cantidad que se debe pagar según esta sentencia. Segundo golpe “legal” de las finanzas a la soberanía nacional.

En su sentencia, el Juez Griesa hizo una interpretación jurídica restrictiva al atenerse a la textualidad del contrato financiero que sustenta los bonos de deuda argentina en poder de los fondos buitres. En Román paladino esto significa que al titular de un bono se le debe pagar el 100% del valor nominal que figura en el mismo con independencia de cuándo se compró y cuanto pagó por él al adquirirlo. Singer y Cía  los compraron a precio de saldo a sus tenedores cuando se negociaba la salida del default declarado por Argentina en 2001 que fue aceptada en 2005 y 2010 por el 92,4% de los acreedores. Sin intención de negociar en ningún momento, compraron a sabiendas un pleito para reclamar la totalidad a pesar de que se admitieron quitas importantes por la inmensa mayoría de los bonistas que entraron en los canjes mencionados y que están cobrando religiosamente (como le gustaba decir a mi abuela). La doctrina Champerty establece que es ilegal comprar deuda a precio vil de una empresa en suspensión de pagos con la intención manifiesta de exigir, al margen del concurso de acreedores, el total del importe adeudado. Aquí aparece también el Juez Griesa que, en un caso que afectó al Perú, estableció que esta doctrina no rige para la deuda soberana. El beneficio especulativo de los fondos buitres es, en este caso, enorme (el Ministro de  Economía argentino la cifra en más del 1000%). Tercer golpe.

Como los negocios entre partes son sagrados, el Juez admite cualquier acuerdo entre ellas sobre el importe a saldar. ¿Imagina la lectora que los especuladores van a negociar un cantidad inferior cuando están muy confiados en una sentencia a su favor por el total de la deuda, al tratarse de un Tribunal de Nueva York que asume las razones de la posición acreedora para reforzar el carácter de plaza financiera global de Wall Street? Yo no.

Pero hete aquí que ha surgido un imprevisto problema de carácter sistémico que se resume en un latinazgo y una sigla: pari passu y cláusula RUFO. Ambas se traducen en que la República Argentina aceptó en 2005 reconocer a los bonistas que han entrado voluntariamente en la reestructuración de la deuda pública cualquier mejora que otorgue a quienes no entraron en esos canjes. Con una fecha límite: el 31 de diciembre de 2014. Si se paga a los fondos buitres el 2 de enero de 2015 no hay que extender esas condiciones a los demás. Estimado lector, ha acertado: el Gobierno argentino pidió al Juez Griesa un stay, que quiere decir una suspensión de la ejecución de la sentencia hasta el 31 de diciembre de 2014 para que no se active la cláusula RUFO. El Juez no lo concedió y saltaron las alarmas en la aldea financiera global. ¿Qué futura reestructuración de deuda soberana se podrá hacer si cualquier fondo buitre que no entre en el acuerdo puede hacerla saltar por los aires? 

No aburriré con la lista de quienes, desde dentro y fuera de las salas de máquina financieras globales, están alertando sobre la gravedad del asunto. Es vox populi y agradezco que se me permita ahorrar erudición a esta nota.

En el momento en que escribo hay dos frentes abiertos más que dan cuenta de cómo son las cosas en el mundo financiero del siglo XXI: por una parte, se negocia la compra de los bonos a los fondos buitres por varios bancos privados con una quita que le dé un pellizco a la obscena rentabilidad ya mencionada y le deje un margen de ganancia a los compradores que sólo tendrán que esperar 6 meses para cobrar y superar así, la fecha del 31 de diciembre (otra vez JP Morgan acudiendo en auxilio de Wall Street, como en 1907).  Por otra parte, han entrado en escena los CDS, que son seguros de impago de deudas que se negocian fuera de los mercados regulados y que pueden ser contratados por cualquiera que apueste a que se producirá el siniestro (el impago de la deuda por Argentina). Los propietarios de CDS han apostado a que el Gobierno argentino no pagará y si sucede tal cosa cobrar una indemnización. ¿Quién determina que se ha producido el siniestro cuando el deudor afirma que está pagando y quiere seguir haciéndolo? Sospecho que no lo adivinó usted: un organismo privado conocido como ISDA que está formado por 15 bancos y fondos de inversión que dirimen estos asuntos en los que nos va la vida fuera de la publicidad debida (“over the counter” o sobre el mostrador) y que ayer han votado cuatro puntos por unanimidad en los que se afirma, según mi interpretación del comunicado, que si se trata de un default, pero no tanto.Para entendernos: se da más tiempo para negociar y no dejar a Wall Street a los pies de los caballos con jinetes ingleses y belgas, las dos plazas que compiten con Nueva York por el negocio financiero. Es la interna financiera, que diría un argentino.

Estoy seguro que usted deseará, como yo, saber quiénes compran estos seguros. Nos responderán que es imposible saberlo en el inmenso mar proceloso de las finanzas. Cambiemos, pués, las preguntas: ¿Han comprado CDS Singer y Cia? Porque si es así, ganan ganando si cobran y ganan perdiendo si no les pagan. ¿Cuántos CDS tienen que cubrir los grandes bancos como UBS y CitiBank? Porque no querrán tener que indemnizar demasiado. 

 La posición argentina ha puesto en evidencia la necesidad de establecer garantías legales internacionales de que los acuerdos de deuda que firman los Estados no pueden ser imposibilitados por la acción de una minoría de especuladores (1% de la deuda soberana) refrendada por la total falta de regulación financiera global, conocida como “autorregulación” y que hizo las delicias antes de la crisis del que fue máxima autoridad de la Reserva Federal norteamericana, Sr. Alan Greenspan. La lectora no avisada puede ver la oscarizada película “Inside Job” para hacerse una mejor idea.

Los Gobiernos argentinos posteriores a 2003 han negociado la reestructuración de una descomunal deuda soberana que no contrajeron (superaba el 140% del PIB) y que en una gran proporción no significó mejora alguna en la calidad de vida de la mayoría de los argentinos y están pagando todos los vencimientos sin acudir a endeudamiento exterior, que es la eterna propuesta neoliberal de encadenarse a las finanzas globales endeudándose para pagar deudas. 

La última novedad en esta historia es que la República Argentina ha depositado un pago superior a 600 millones de dólares en el  banco BoNY de Wall Street para cumplir con un vencimiento de sus bonos reestructurados y el Juez Griesa no ha autorizado a que se entreguen a los bonistas que entraron en los canjes. ¿Argentina ha pagado o ha entrado en default al no estar el dinero en el bolsillo de los acreedores? Doctores tiene la Iglesia que debatirán este asunto pero a nosotros nos conviene estar atentos a las consecuencias políticas de lo que se decida. Por de pronto, las agencias calificadoras de riesgo Standard and Poor y Fitch ya le llaman default “selectivo” (no  busque todavía este concepto en el diccionario financiero que tenga a mano; es una novedad que conoceremos cuando ellos definan su significado).

Ni los errores del Gobierno Argentino en todo este proceso, ni las contradictorias declaraciones que realizan sus miembros, sólo interpretables en clave interna argentina, nos deben disminuir un ápice el apoyo que debemos darle desde España en su enfrentamiento con los fondos buitres y en su esfuerzo por poner alguna pica en Wall Street en apoyo de la intervención política en defensa de sus ciudadanos frente a las condiciones leoninas de unas  finanzas hasta hoy impunes. Por razones de justicia y por la cuenta que nos trae a la ciudadanía española que vemos como asoman la patita los fondos buitres en el sector inmobiliario español.

Que uno de los graves problemas sin resolver de la Argentina, junto al uso clientelar de los recursos, sea la sistemática fuga de capitales que dificulta su capacidad de financiación con el ahorro interno no hace más que agravar las cosas y nos recuerda que no todos los argentinos sufren por igual las consecuencias de la actual situación.

Quitemos los buitres (financieros) de nuestras vidas