domingo. 28.04.2024

Me gustaría equivocarme. Pero imagino que la ley de Vivienda que se está tramitando y negociando en Las Cortes va a tener un carácter coyuntural. Necesario, dadas las cotas insoportables a las que el famoso mercado, y el descuido público, han llevado el problema.

El de la vivienda es un problema poliédrico que no sólo tiene muchas caras, sino que está alimentado por múltiples y muy diversas y diferenciadas raíces. Una de ellas es precisamente su implicación económica, que viniendo de donde veníamos -el Estado de la dictadura prácticamente en ruinas- fue una de las facetas que primaron al considerar el tema de la vivienda. Y eso hizo que de alguna forma pasara a segundo plano la faceta más reseñable e importante del artículo 49 de la Constitución.

Tal faceta no es exactamente el derecho a la “vivienda digna y adecuada”, que con ser importante puede quedarse en una mera declaración. Es el mandato que lanza a los “poderes públicos” de satisfacer ese derecho:“los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación”.

La realidad es que los poderes públicos no han sabido cumplir con el mandato del articulo 47 de la Constitución

Desde el decreto-ley Boyer, de abril de 1985 hasta la ley del suelo de Aznar de 1998, pasando por las leyes del suelo de 1992, y continuando por las de 2007 y 2014, los poderes públicos han volcado su atención -con mayor o menor prioridad a los intereses privados- sobre los aspectos económicos, y de modo casi monotemático hundiendo sus raíces en los aspectos de la propiedad de la vivienda (el alquiler no se ha considerado como una alternativa) y los usos del suelo en base a eso, y han dejado a un lado precisamente el mandato de “promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho”

Y olvidando que -ya que tanto se han fijado en el concepto de propiedad de la vivienda- la ley hipotecaria está redactada en los años 40, y apenas ha sufrido correcciones posteriores; y en cualquier caso las modificaciones no han ido a favor del derecho a la vivienda, sino a favorecer e incentivar que la banca siga haciendo esas transacciones económicas, manteniendo siempre sus intereses una ventaja y prioridad sobre los intereses de los ciudadanos que se acogen a ella. Y eso incluso en los casos de las viviendas que se llamaron de protección oficial.

Durante los primeros veinte años de vigencia del derecho que proclama el articulo 47 de la Constitución, los poderes públicos (Estado, Autonomías, fundamentalmente) han estado librando una permanente batalla por las competencias, como si tales competencias fuera el aspecto principal del mandato que en dicho artículo les encomienda la Constitución. Y durante esas escaramuzas, sentencia tras sentencia del Tribunal Constitucional, nadie ha sido capaz de poner el dedo en la llaga para señalar aquello que le duele al ciudadano: el poder “disfrutar de una vivienda digna y adecuada”, como señala la Constitución. Estaban muy ocupados peleando por dilucidar de quién era el dedo…

Tras la ley del suelo de Aznar comienza a inflarse la burbuja inmobiliaria, y ahí rigió la ley de la selva. Hubo algún intento de ordenación, y aún se escuchan las carcajadas cuando la ministra de la Vivienda María Antonia Trujillo llegó a hablar de apartamentos de 40 metros para jóvenes. Ese tipo de apartamentos por los que ahora se pagan alquileres de 800 euros para arriba y te piden tres o cuatro mensualidades de fianza y además un aval… Y como nadie se ocupó de la ley hipotecaria, cuando a partir de 2007-2008 comienza a estallar la burbuja, se inicia una escalada de desahucios en los que siempre ganaran los bancos: ya podías tener pagado el 60% de tu vivienda, que te quedabas sin ella y sin lo que pagaste. Y la gente llegaba a reivindicar como el gran desiderátum la dación en pago, renunciando ellos mismos a la parte del principal del préstamo que habían devuelto.

Pero el tema de las hipotecas da para un monográfico para no dormir, porque se atropellan en él todas las leyes de la lógica, del sentido común y hasta de la decencia.

La realidad es que los poderes públicos no han sabido cumplir con el mandato del articulo 47 de la Constitución. Y en el caso de muchos ayuntamientos (por no decir de todos) no sólo lo han incumplido, sino que se han hecho cómplices de la especulación, alimentando sus arcas de las tasas por las licencias de las promociones inmobiliarias.

Y la realidad es que los poderes públicos han terminado pagando decenas de miles de millones para salvar a los bancos que se enfangaron en ese negocio por una parte torpe, y por otra ilícito, de la burbuja inmobiliaria. Y sí: me atrevo a decir ilícito, porque sabían que alargando los plazos de amortización de los créditos estaban atrapando al cliente de por vida: en realidad lo estaban convirtiendo en “suinquilino”; y sabían que sus tasadoras estaban dando un valor a las viviendas por encima de la realidad, para hacer coincidir por lo menos el 70-80% clásico de un préstamo con el 100% no sólo del precio real, sino de la dotación de la cocina y en muchos casos del coche que añadía el comprador. ¿Se han preguntado ustedes cuántas viviendas de alquiler social se podrían haber habilitado con esos más de 60.000 millones de euros, si la actitud hubiera sido, como la de Islandia: dejar a los bancos a la suerte que se habían buscado?

El resultado de todo ello es insoportable: alquileres desmedidos; fondos buitres (que acuden siempre adonde huelen la carroña) haciendo negocios millonarios a costa de un derecho no adecuadamente defendido, y una interrogante permanente de los poderes públicos: ¿por dónde empezar?

Personalmente tengo la esperanza de que la ley coyuntural de vivienda ponga un poco de orden para salir del paso; pero también espero que sus autores y quienes la apoyan tengan la conciencia clara de saber que en la próxima legislatura hay que abordar el problema de raíz. Con la conciencia clara de que la vivienda es un bien no sólo en el sentido de la propiedad privada, sino en el sentido del interés público. Y con la conciencia de su obligación de que los ciudadanos españoles puedan acceder a una vivienda digna y adecuada, y de que lo hagan con esos poderes públicos volcados en impedir la especulación.

Y, por cierto. Que los representantes de la soberanía popular y el poder ejecutivo, elegido por ellos, tengan la conciencia de que, además del artículo 47, la Constitución le ofrece al Estado las opciones de otros artículos, como herramientas para garantizar un Estado Social y Democrático de Derecho: los artículo 33 (la función social delimitará los contenidos de la propiedad privada); artículo 38 (libertad de empresa de acuerdo con las exigencias de la economía general, y en su caso de la planificación); artículo 51.1. (defensa de los consumidores y usuarios); artículo 149 (garantía de igualdad entre los españoles en el ejercicio de los derechos; bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica).

Esto no lo dice un servidor. Lo plantea la Constitución. Y todo ello deberíamos conseguirlo en una sosegada paz social. Pero para ello, todos aquellos que pretenden utilizar la Constitución como un burladero para sus intereses privados exclusivos deben dejar de deslegitimar espuriamente a quienes, legítimamente, pretendemos que no nos alteren la paz social ni nos sobresalten nuestras vidas: a base de especulación, de corrupción, de defensa de intereses particulares, y de beneficiar a los poderosos de la Tierra.

Vivienda: no sólo un derecho, sino un mandato constitucional a los poderes públicos